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Reglamento de Ejecución (UE) 2022/246 de la Comisión de 13 de diciembre de 2021 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 en lo que respecta a las solicitudes de ayuda, el pago de la ayuda y los controles sobre el terreno

CELEX
32022R0246
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2021-12-13
In force since
2022-02-25
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

«2 La ayuda relativa a las medidas educativas de acompañamiento y a las actividades de seguimiento, evaluación y publicidad solo se abonará en el momento de la entrega de los bienes o la prestación de los servicios de que se trate y previa presentación de las pruebas documentales correspondientes que exija la autoridad competente o, si el Estado miembro autoriza la utilización de baremos estándar de costes unitarios, financiación a tipo fijo y/o cantidades a tanto alzado, previa presentación de una prueba que atestigüe la entrega de los bienes o la prestación de los servicios.».

«1 Los controles sobre el terreno incluirán, en particular, la comprobación de lo siguiente: a) los registros a que se refiere el artículo 6 del Reglamento Delegado (UE) 2017/40, corroborando y completando los controles administrativos con documentación pertinente, incluidos documentos financieros tales como facturas de compra y de venta, albaranes de entrega, extractos bancarios u otras pruebas de pago y su registro en la contabilidad; b) el uso de los productos de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1308/2013, el Reglamento Delegado (UE) 2017/40 y el presente Reglamento; c) la aplicación de medidas educativas de acompañamiento para apoyar la distribución de productos, cuando el control sobre el terreno tenga lugar en los locales del centro escolar o cuando dicho control se refiera a la ayuda solicitada para medidas educativas de acompañamiento; d) el uso de herramientas de publicidad adecuadas, cuando el control sobre el terreno tenga lugar en los locales del centro escolar.».

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor al tercer día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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Versions

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