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Reglamento de Ejecución (UE) 2022/547 de la Comisión de 5 de abril de 2022 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de polímeros superabsorbentes originarios de la República de Corea

CELEX
32022R0547
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2022-04-05
In force since
2022-04-07
End of validity
2027-04-07
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Se impone un deber antidumping definitivo a las importaciones de polímeros superabsorbentes, los cuales están compuestos de gránulos irregulares, redondos o aglomerados, en polvo, de aspecto blanco e insolubles en agua, resultantes de una polimerización de moléculas monoméricas con enlaces cruzados para formar redes poliméricas entrecruzadas, con gran capacidad para absorber y retener agua y líquidos acuosos, originarios de la República de Corea, clasificados actualmente en el código NC ex39069090 (código TARIC 3906909017).

2 Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas enumeradas a continuación serán los siguientes: EmpresaTipo del derecho antidumping definitivo (porcentaje)Código TARIC adicionalLG Chem Ltd.13,4 %C766Todas las demás empresas18,8 %C999

3 La aplicación de los tipos del derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que (volumen) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en (país afectado). Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». En caso de que no se presente esta factura, será aplicable el derecho calculado para todas las demás empresas.

4 Salvo que se disponga lo contrario, se aplicarán las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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