Reglamento (UE) 2022/1438 de la Comisión de 31 de agosto de 2022 por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los criterios específicos para la aprobación de sustancias activas que son microorganismos (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1 Modificación del Reglamento (CE) n.o 1107/2009
El Reglamento (CE) n.o 1107/2009 se modifica de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2 Medidas transitorias
El Reglamento (CE) n.o 1107/2009 en la versión aplicable el 20 de noviembre de 2022 seguirá siendo aplicable en los siguientes casos: a) en los procedimientos relativos a la aprobación, o a la modificación de la aprobación, de una sustancia activa que es un microorganismo en cuyo marco los expedientes previstos en el artículo 8, apartados 1 y 2, del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 sean presentados antes del 21 de noviembre de 2022; b) en los procedimientos relativos a la renovación de la aprobación de una sustancia activa que es un microorganismo cuando la solicitud de renovación contemplada en el artículo 5 del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1740 de la Comisión sea presentada antes del 21 de noviembre de 2022.
Article 3 Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 21 de noviembre de 2022.
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