Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1468 de la Comisión de 5 de septiembre de 2022 que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 540/2011 en lo que se refiere a las condiciones de autorización de la sustancia activa penflufén y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/185 (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1 Modificación del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011
El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Article 2 Derogación del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/185
Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/185.
Article 3 Medidas transitorias
Los Estados miembros modificarán o retirarán, cuando sea necesario, las autorizaciones existentes de productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa penflufén a más tardar el 26 de marzo de 2023.
Article 4 Período de gracia
Todo período de gracia concedido por los Estados miembros de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 será lo más breve posible y expirará a más tardar el 26 de septiembre de 2023.
Article 5 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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