Decisión (UE) 2023/2692 del Consejo, de 9 de noviembre de 2023, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Especializado en Transporte por Carretera establecido por el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, con respecto a la adaptación de las especificaciones técnicas del tacógrafo inteligente 2
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Especializado en Transporte por Carretera, establecido por el artículo 8, apartado 1, letra o), del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, en lo que respecta al uso de tacógrafos inteligentes y a la adaptación de las especificaciones técnicas para el tacógrafo inteligente 2 se establece en el proyecto de Decisión de dicho Comité Especializado en Transporte por Carretera adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions