Reglamento (UE) 2023/2379 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2023, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) n.o 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo del Reglamento (UE) n.o 231/2012 de la Comisión en lo que se refiere al aditivo alimentario E 483 (tartrato de estearilo)
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Article 1
El anexo II del Reglamento (CE) n.o 1333/2008 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
En el anexo del Reglamento (UE) n.o 231/2012, se suprime la entrada correspondiente al aditivo alimentario E 483 (tartrato de estearilo).
Article 3
Los alimentos que contengan el aditivo alimentario E 483 (tartrato de estearilo) que hayan sido comercializados legalmente antes del 23 de abril de 2024 podrán seguir comercializándose hasta su fecha de duración mínima o fecha de caducidad.
Article 4
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable desde el 23 de abril de 2024.
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