Decisión (UE) 2024/1764 del Consejo, de 13 de junio de 2024, por la que se autoriza a la Comisión a participar, en nombre de la Unión Europea, en las negociaciones de un Protocolo adicional al Convenio del Consejo de Europa relativo al blanqueo, seguimiento, embargo y comiso de los productos del delito y a la financiación del terrorismo
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Article 1
1 Se autoriza a la Comisión a participar, en nombre de la Unión, en lo que respecta a los asuntos que son competencia de la Unión, tal y como se definen en los Tratados, y respecto de los cuales la Unión haya adoptado normas o cuya adopción se espera en un futuro próximo, en las negociaciones del protocolo adicional al Convenio del Consejo de Europa relativo al blanqueo, seguimiento, embargo y comiso de los productos del delito y a la financiación del terrorismo.
2 Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación recogidas en la adenda de la presente Decisión. El Consejo podrá dictar ulteriormente directivas adicionales a la Comisión.
Article 2
Las negociaciones se llevarán a cabo en consulta con el Grupo de Cooperación Judicial en Materia Penal (Grupo de trabajo COPEN) del Consejo, que queda designado comité especial en el sentido del artículo 218, apartado 4, del TFUE. La Comisión informará periódicamente al Grupo de trabajo COPEN sobre el estado de las negociaciones y le remitirá cuanto antes todos los documentos de negociación. Siempre que lo solicite el Consejo, la Comisión le informará sobre el desarrollo y el resultado de las negociaciones, también por escrito.
Article 3
La destinataria de la presente Decisión es la Comisión.
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