DECISIÓN (UE) [2024/2940 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO, de 14 de noviembre de 2024, por la que se modifican la Decisión (UE) 2023/135 (BCE/2022/51), la Decisión (UE) 2015/287 (BCE/2014/61) y las Decisiones BCE/2013/53, BCE/2010/34, BCE/2008/33, BCE/2007/22 y BCE/2006/30 sobre el desembolso de capital, la transferencia de activos exteriores de reserva y la contribución a las reservas y provisiones del Banco Central Europeo por, respectivamente, el Hrvatska narodna banka, el Lietuvos bankas, el Latvijas Banka, el Eesti Pank, el Národná banka Slovenska, el Central Bank of Cyprus, el Bank Ċentrali ta’ Malta/Central Bank of Malta y el Banka Slovenije (BCE/2024/35)
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Article 1 Modificación de la Decisión (UE) 2023/135 (BCE/2022/51)
«2 El activo acreditado por el BCE al Hrvatska narodna banka se remunerará desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33).
Article 2 Modificación de la Decisión (UE) 2015/287 (BCE/2014/61)
«2 El activo acreditado por el BCE al Lietuvos bankas se remunerará desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33).
Article 3 Modificación de la Decisión BCE/2013/53
«2 El activo acreditado por el BCE al Latvijas Banka se remunerará desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33).
Article 4 Modificación de la Decisión BCE/2010/34
«2 El activo acreditado por el BCE al Eesti Pank se remunerará desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33).
Article 5 Modificación de la Decisión BCE/2008/33
«2 El activo acreditado por el BCE al Národná banka Slovenska se remunerará desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33).
Article 6 Modificación de la Decisión BCE/2007/22
«2 Los activos acreditados por el BCE al Central Bank of Cyprus y al Bank Ċentrali ta’ Malta/Central Bank of Malta se remunerarán desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33).
Article 7 Modificación de la Decisión BCE/2006/30
«2 El activo acreditado por el BCE al Banka Slovenije se remunerará desde la fecha de liquidación. Los intereses devengados se calcularán diariamente, según los días reales de la operación y considerando un año de 360 días, al tipo equivalente al 85 % del tipo de referencia definido en el artículo 1, letra j), de la Decisión (UE) 2016/2248 (BCE/2016/36), modificado por la Decisión (UE) 2024/2939 del Banco Central Europeo (BCE/2024/33).
Article 8 Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
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