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Seqlense EUR-Lex

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/750 de la Comisión, de 29 de febrero de 2024, relativo a la renovación de la autorización de la taumatina como aditivo para piensos para todas las especies animales y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 869/2012

CELEX
32024R0750
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2024-02-29
In force since
2024-03-21
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Renovación de la autorización

Se renueva la autorización del aditivo especificado en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos organolépticos» y al grupo funcional «aromatizantes», en las condiciones establecidas en ese anexo.

Article 2 Derogación del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 869/2012

Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 869/2012.

Article 3 Medidas transitorias

1 La sustancia especificada en el anexo y las premezclas que la contengan, que hayan sido producidas y etiquetadas antes del 21 de septiembre de 2024 de conformidad con las normas aplicables antes del 21 de marzo de 2024, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.

2 Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan la sustancia especificada en el anexo, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 21 de marzo de 2025 de conformidad con las normas aplicables antes del 21 de marzo de 2024, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales productores de alimentos.

3 Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan la sustancia especificada en el anexo, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 21 de marzo de 2026 de conformidad con las normas aplicables antes del 21 de marzo de 2024, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales no productores de alimentos.

Article 4 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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