Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1064 de la Comisión, de 9 de abril de 2024, por el que se impone un derecho antidumping provisional a las importaciones de determinados ésteres de alquil-fosfato originarios de la República Popular China
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Article 1
1 Se impone un derecho antidumping provisional a las importaciones de determinados ésteres de alquil-fosfato basados exclusivamente en cadenas laterales con una longitud de dos o tres átomos de carbono (también incluye cadenas alquílicas cloradas) con un contenido de fósforo de al menos el 9 % (en peso) y una viscosidad de entre 1 y 100 mPa.s (a 20-25 °C), clasificados en los números CAS 13674-84-5, 1244733-77-4 y 78-40-0; clasificados actualmente en el código NC ex29199000 (códigos TARIC 2919900050 y 2919900065) y el código NC ex38249992 (código TARIC 3824999238) y originarios de la República Popular China.
2 Los tipos del derecho antidumping provisional aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: EmpresaDerecho antidumping provisional (%)Código TARIC adicionalAnhui RunYue Technology Co., Ltd45,1 %89ALNantong Jiangshan Agrochemical & Chemicals Limited Liability Co.68,4 %89AMShandong Yarong Chemical Co., Ltd63,0 %89ANOtras empresas que cooperaron no incluidas en la muestra enumeradas en el anexo59,1 %Las demás empresas68,4 %8999
3 La aplicación de los tipos del derecho individual especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que (la cantidad) de ésteres de alquil-fosfato vendidos para su exportación a la Unión Europea consignados en la presente factura han sido fabricados por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en la República Popular China. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». En caso de que no se presente esta factura, será aplicable el derecho calculado para las demás empresas.
4 El despacho a libre práctica en la Unión del producto mencionado en el apartado 1 estará supeditado a la constitución de una garantía por un importe equivalente al del derecho provisional.
5 Salvo especificación en contrario, se aplicarán las disposiciones vigentes pertinentes en materia de derechos de aduana.
Article 2
1 Las partes interesadas presentarán por escrito a la Comisión sus observaciones sobre el presente Reglamento en el plazo de 15 días naturales a partir de la fecha de su entrada en vigor.
2 Las partes interesadas que deseen solicitar una audiencia con la Comisión deberán hacerlo en el plazo de cinco días naturales a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.
3 Las partes interesadas que deseen solicitar una audiencia con el consejero auditor en litigios comerciales deberán hacerlo en el plazo de cinco días naturales a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento. El consejero auditor podrá examinar las solicitudes presentadas fuera de este plazo y podrá decidir si procede aceptarlas.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 1 será aplicable durante un período de seis meses.
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