Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1221 de la Comisión, de 30 de abril de 2024, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/265, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de baldosas de cerámica originarias de la India y de Turquía
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Article 1
1 El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/265 se modifica como sigue: «India Asian Granito India Limited Crystal Ceramic Industries Private Limited Affil Vitrified Private Limited Amazoone Ceramics Limited C920» se sustituye por: «India Asian Granito India Limited Crystal Ceramic Industries Limited Affil Vitrified Private Limited Amazoone Ceramics Limited C920»
2 El código TARIC adicional C920, atribuido anteriormente, entre otros, a Crystal Ceramic Industries Private Limited, se aplicará, entre otros, a Crystal Ceramic Industries Limited a partir del 15 de febrero de 2024.
3 Se devolverá o condonará, de conformidad con la legislación aduanera aplicable, todo derecho definitivo pagado en relación con las importaciones de productos fabricados por Crystal Ceramic Industries Limited que exceda del derecho antidumping establecido en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/265 con respecto a Crystal Ceramic Industries Private Limited.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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