Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2958 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2024, por el que se determinan los indicadores de resultados a efectos del Reglamento (UE) 2023/988 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la seguridad general de los productos
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Article 1 Indicadores de resultados
En virtud del presente Reglamento se establecen los indicadores de resultados conforme a los cuales los Estados miembros comunicarán a la Comisión los datos a que se refiere el artículo 24, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/988. La lista de indicadores de resultados figura en el anexo.
Article 2 Obligación de información
Los Estados miembros comunicarán, de manera consolidada, los datos a que se refiere el artículo 1 relativos a todas las autoridades de vigilancia del mercado que hayan designado en el marco del Reglamento (UE) 2023/988 a más tardar 22 de diciembre de 2026 y posteriormente cada año.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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