Decisión de Ejecución (UE) 2025/2071 de la Comisión, de 16 de octubre de 2025, sobre el reconocimiento de la equivalencia, con arreglo al artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, del programa de diligencia debida en la cadena de suministro Proceso de Aseguramiento de Minería Responsable, propiedad de la Iniciativa de Minerales Responsables
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Article 1
Se concede al programa de diligencia debida en la cadena de suministro «Proceso de Aseguramiento de Minería Responsable» (RMAP), propiedad de la Iniciativa sobre Minerales Responsables (RMI), el reconocimiento de la equivalencia con los requisitos del Reglamento para los importadores de minerales de la Unión que aplican efectivamente el RMAP.
Article 2
De conformidad con el artículo 8, apartado 8, del Reglamento, en el momento de la entrada en vigor de la presente Decisión, el programa de diligencia debida en la cadena de suministro «Proceso de Aseguramiento de Minería Responsable» (RMAP) se añadirá al registro de programas reconocidos de diligencia debida en la cadena de suministro.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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