Directiva Delegada (UE) 2025/1801 de la Comisión, de 23 de junio de 2025, por la que se adaptan al progreso científico y técnico los anexos I y II de la Directiva (UE) 2022/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a procedimientos uniformes de control del transporte de mercancías peligrosas por carretera
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Article 1 Modificaciones de la Directiva (UE) 2022/1999
Los anexos I y II de la Directiva (UE) 2022/1999 se sustituyen por el texto que figura en el anexo de la presente Directiva.
Article 2 Transposición
1 Los Estados miembros adoptarán y publicarán, a más tardar el 23 de junio de 2026 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones. Aplicarán dichas disposiciones a partir del 24 de junio de 2026. Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.
2 Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.
Article 3 Entrada en vigor
La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 4 Destinatarios
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
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