Reglamento de Ejecución (UE) 2025/505 de la Comisión, de 19 de marzo de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/632 en lo relativo a la prórroga de las medidas temporales respecto a los frutos especificados originarios de Argentina, Brasil, Sudáfrica, Uruguay y Zimbabue para prevenir la introducción y propagación en el territorio de la Unión de la plaga de Phyllosticta citricarpa (McAlpine) Van der Aa
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Article 11 Fecha de expiración
El presente Reglamento expirará el 31 de marzo de 2028.».
Article 2 Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de abril de 2025.
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