Reglamento (CEE) n 2785/76 del Consejo, de 16 de noviembre de 1976, por el que se celebra el Acuerdo de Cooperación Comercial entre la Comunidad Económica Europea y la República Popular de Bangladesh Diario Oficial n° L 319 de 19/11/1976 p. 0001 - 0001 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 3 p. 0043 Edición especial griega: Capítulo 11 Tomo 8 p. 0240 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 3 p. 0043 Edición especial en español: Capítulo 11 Tomo 6 p. 0193 Edición especial en portugués: Capítulo 11 Tomo 6 p. 0193 REGLAMENTO ( CEE ) N º 2785/76 DEL CONSEJO de 16 de noviembre de 1976 por el que se celebra el Acuerdo de Cooperación Comercial entre la Comunidad Económica Europea y la República Popular de Bangladesh EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , sus artículos 113 y 114 , Vista la recomendación de la Comisión , Considerando que es conveniente celebrar el Acuerdo de Cooperación Comercial entre la Comunidad y la República Popular de Bangladesh , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1 Se celebra , en nombre de la Comunidad , el Acuerdo de Cooperación Comercial entre la Comunidad Económica Europea y la República Popular de Bangladesh . El texto del Acuerdo figura anejo al presente Reglamento . Artículo 2 El Presidente del Consejo notificará a la otra Parte Contratante , en aplicación del artículo 15 del Acuerdo , que , por lo que se refiere a la Comunidad , se han cumplido los procedimientos necesarios para su entrada en vigor . Artículo 3 La Comunidad estará representada , en el seno de la Comisión mixta prevista en el artículo 8 del Acuerdo , por la Comisión de las Comunidades Europeas , asistida por los representantes de los Estados miembros .
Artículo 4 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (1) . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Bruselas , el 16 de noviembre de 1976 . Por el Consejo El Presidente M. van der STOEL (1) La fecha de entrada en vigor del Acuerdo será publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .