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Reglamento (CEE) n° 1440/80 del Consejo, de 30 de mayo de 1980, relativo a la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea e Indonesia, Malasia, Filipinas, Singapur y Tailandia, países miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental

CELEX
31980R1440
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
1980-05-30
In force since
1980-06-11
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Reglamento (CEE) n° 1440/80 del Consejo, de 30 de mayo de 1980, relativo a la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea e Indonesia, Malasia, Filipinas, Singapur y Tailandia, países miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental Diario Oficial n° L 144 de 10/06/1980 p. 0001 - 0001 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 9 p. 0182 Edición especial griega: Capítulo 11 Tomo 20 p. 0209 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 9 p. 0182 Edición especial en español: Capítulo 11 Tomo 13 p. 0003 Edición especial en portugués: Capítulo 11 Tomo 13 p.

0003 REGLAMENTO ( CEE ) N º 1440/80 DEL CONSEJO de 30 de mayo de 1980 relativo a la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea e Indonesia , Malasia , Filipinas , Singapur y Tailandia , países miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ; Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , sus artículos 113 y 235 , Vista la propuesta de la Comisión , Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) , Considerando que es conveniente la celebración del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea e Indonesia , Malasia , Filipinas , Singapur y Tailandia , países miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental , para la realización de los objetivos de la Comunidad en el ámbito de las relaciones económicas exteriores ; que ciertas acciones de cooperación económica contempladas en el Acuerdo sobrepasan los poderes de acción previstos en el ámbito de la política comercial común , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1 Queda aprobado , en nombre de la Comunidad , el Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea e Indonesia , Malasia , Filipinas , Singapur y Tailandia , países miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental . El texto del Acuerdo figura anejo al presente Reglamento . Artículo 2 El Presidente del Consejo procederá a la notificación prevista en el artículo 8 del Acuerdo (2) . Artículo 3 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 30 de mayo de 1980 . Por el Consejo El Presidente G. ZAMBERLETTI (1) DO n º C 85 de 8 . 4 . 1980 , p. 83 . (2) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar la fecha de entrada en vigor del Acuerdo en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

Relations

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