Conclusiones del Consejo, de 17 de junio de 1992, relativas a la industria aeronáutica civil europea Diario Oficial n° C 178 de 15/07/1992 p. 0009 - 0009 CONCLUSIONES DEL CONSEJO de 17 de junio de 1992 relativas a la industria aeronáutica civil europea (92/C 178/05) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, HA TENIDO CONOCIMIENTO del análisis hecho por la Comisión en su Comunicación sobre la industria aeronáutica europea, TIENE EMPEÑO EN AFIRMAR la importancia de una industria aeronáutica fuerte, dinámica y competitiva para el conjunto de la economía y para el aspecto estratégico de la tecnología europea, ESTÁ DE ACUERDO en que la evolución política y económica actual endurecerá las condiciones de competencia y obligará a las empresas a dotarse de estructuras cada vez más competitivas.
El Consejo toma nota de las consideraciones de la Comisión relativas concretamente a la economía de escala y a las necesidades en el ámbito de las tecnologías y de que la moneda de referencia en la industria aeronáutica es el dólar, ACOGE, por lo tanto, favorablemente los esfuerzos tendentes a crear un entorno favorable que pueda garantizar el desarrollo armonioso de la industria aeronáutica y el diálogo que desde la publicación de la primera comunicación se ha instaurado bajo este prisma con las autoridades nacionales y los operadores económicos, INVITA a la Comisión a que: - ahonde y, siguiendo el principio de subsidiariedad, refuerce el diálogo para definir con todas las partes interesadas las formas de aplicación de las acciones comunitarias, que deben establecerse de conformidad con las normas de la competencia y las demás normas internas de la Comunidad y con los acuerdos internacionales, - haga extensivos los contactos a todos los actores del transporte aéreo, incluidos los subcontratistas de la industria aeronáutica que muchas veces acusan los movimientos coyunturales más directamente que las grandes empresas o los directores de los proyectos, - defina la actividad comunitaria de investigación y desarrollo en materia aeronáutica y de transporte aéreo que pudiera incluirse en los programas marco de investigación y desarrollo.
Dicha actividad podría centrarse en las tecnologías de interés para la industria aeronáutica, procurando aprovechar al máximo las sinergías entre las actividades de investigación realizadas a nivel europeo y las llevadas a cabo a nivel nacional, - prosiga el diálogo con los terceros países y acometa los debates, en colaboración con la industria, sobre la situación y las perspectivas de la industria aeronáutica de los países de Europa central y oriental y de los Estados independientes de la antigua URSS, INVITA a la Comisión a que le mantenga informado sobre la evolución de este tema.