Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Dictamen del Consejo, de 15 de marzo de 1999, sobre el programa de estabilidad de Alemania, 1998 - 2002

CELEX
31999A0505(03)
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
1999-03-15
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Dictamen del Consejo, de 15 de marzo de 1999, sobre el programa de estabilidad de Alemania, 1998 - 2002 Diario Oficial n° C 124 de 05/05/1999 p. 0003 DICTAMEN DEL CONSEJO de 15 de marzo de 1999 sobre el programa de estabilidad de Alemania, 1998 - 2002 (1999/C 124/03) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(1) y, en particular, los apartados 1 y 2 de su artículo 5, Vista la Recomendación de la Comisión, Habiendo consultado al Comité económico y financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

El 15 de marzo de 1999 el Consejo analizó el programa de estabilidad de Alemania, que abarca el período 1998 - 2002. El Consejo comprueba con beneplácito que las autoridades alemanas han podido presentar el programa dentro del plazo acordado, a pesar del corto período disponible desde el momento de la formación del Gobierno a finales de octubre de 1998. Debido a estas cirunstancias, la información contenida en el mismo no es, en todos sus aspectos, tan detallada como hubiera sido deseable, en particular en lo relativo a los efectos cuantitativos de las medidas presupuestarias previstas, o a los distintos componentes del presupuesto general del Estado.

El Consejo acoge con beneplácito el compromiso de las autoridades alemanas de facilitar esta información adicional en la próxima actualización del programa de estabilidad. El Consejo es consciente de que la política fiscal en Alemania arrastra todavía el lastre de las consecuencias de la reunificación. El programa prevé que el déficit público general se reduzca al 1 % del producto interior bruto (PIB) para el año 2002, mientras que se espera que la tasa de endeudamiento se reduzca al 59,5 % del PIB en el mismo período. El Consejo comprueba que el programa supone una continuación del notable esfuerzo de consolidación presupuestaria realizado en la etapa previa a la unión monetaria, así como la consecución de unlogro, el de un nuevo descenso del déficit público por debajo del objetivo fijado en el presupuesto del 2,0 % del PIB en 1998.

El programa se basa en unos supuestos macroeconómicos que vaticinan un aumento de la producción del 2 % en 1999 y del 2,5 % anual durante el período 2000 - 2002, lo que significa un crecimiento medio ligeramente por encima de la tendencia. El Consejo considera que este supuesto de crecimiento parece realista, pero quisiera observar que no deja de estar sujeto a riesgos de tendencias a la baja. En particular si continuase la actual desaceleración internacional, el crecimiento de la producción en 1999 podría ser inferior al previsto; a largo plazo, las perspectivas de crecimiento y el desempleo son fenómenos íntimamente unidos.

El Consejo acoge con beneplácito que el programa de estabilidad propugne un descenso perceptible del desempleo, y quisiera resaltar la gran importancia que revista una evolución salarial moderada y la conveniencia de emplear políticas estructurales en la lucha contra el desempleo en un marco de políticas de crecimiento sostenido. El Consejo considera apropiado que la consolidación presupuestaria prevista en el programa se logre merced a una reducción de la tasa de gasto que, solamente en parte, queda compensado por un descenso en la tasa de ingresos. El Consejo acoge con beneplácito en particular el método elegido para controlar el gasto público, a saber, la limitación de su crecimiento nominal global a un 2 % anual, cifra inferior en 2 puntos a la del crecimiento nominal previsto del PIB.

Comprueba también con satisfacción que la reforma fiscal anunciada conlleva una desgravación neta que puede ser de gran ayuda para reforzar la capacidad de generación de empleo de la economía. El Consejo reconoce que el objetivo de déficit a medio plazo del 1 % del PIB sería suficiente para que, en circunstancias normales, funcionen los estabilizadores automáticos en caso de aparición de tendencias a la baja, sin peligro de que se supere el valor de referencia del 3 % del PIB. Por ello el Consejo llega a la conclusión de que el objetivo a medio plazo del programa, en lo que al déficit se refiere, se ajusta a lo dispuesto en el Pacto de estabilidad y crecimiento.

El Consejo señala que el objetivo general de reducción del déficit público global de un 1,1 % del PIB, y de la tasa de endeudamiento de un 1,5 % del PIB entre 1998 y 2002 parece modesto. El esfuerzo de consolidación está en gran parte concentrado en la última fase del período: debido al debilitamiento temporal de la situación macroeconómica en 1999, para 1999 y 2000 apenas se plantean mejoras. El Consejo considera que las autoridades alemanas deberían tratar de reducir el déficit más allá del nivel proyectado al final del período del programa cuando se proyecta que el crecimiento se habrá recuperado.

La reciente resolución del Tribunal Constitucional alemán, exigiendo la introducción de bonificaciones fiscales por hijos de parejas casadas, constituye un claro ejemplo de la existencia de factores que pueden poner en peligro los objetivos presupuestarios y que no están relacionados con la situación coyuntural. Sería conveniente que, dado el corto alcance de los objetivos, el Gobierno alemán se comprometiera expresamente a hacer frente a estos riesgos. Por otro lado, el Consejo considera que dicho Gobierno debe poner en práctica todas las medidas a su alcance para evitar un resurgimiento de la tasa de endeudamiento, y que sería deseable reducir el déficit más allá del 1 % en el año 2002, particularmente si el crecimiento económico resultara mayor de lo esperado.

El Consejo señala que una aplicación satisfactoria del programa de estabilidad se centra en la estrecha coordinación de las acciones a todos los niveles del Gobierno; recomienda a las autoridades alemanas que presten la debida atención a este desafío. El Consejo ha podido comprobar que el programa pretende llevar a cabo una reestructuración del presupuesto que favorecería la inversión pública, aunque manteniendo el gasto global de inversión, en relación con el PIB al bajo nivel actual. El Consejo recomienda al Gobierno alemán prestar una mayor atención a la inversión, sin arriesgar por ello los objetivos presupuestarios del programa.

El Consejo acoge con beneplácito las reformas anunciadas en el programa, entre ellas las relativas a las pensiones, al sistema sanitario y a la administración pública, que son fundamentales para la sostenibilidad de la hacienda pública y para el crecimiento del empleo, pero considera que deberían ir respaldadas por medidas más centradas en la oferta. La consecución de los objetivos del programa de estabilidad requerirá una gran determinación a la hora de aplicar las reformas, y una combinación de éstas con medidas destinadas a aumentar la flexibilidad de los mercados de productos y del trabajo, como recomendaban las Orientaciones generales de política económica y preveía el informe de Cardiff sobre la evolución estructural de Alemania.

(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions