Dictamen del Consejo, de 31 de enero de 2000, sobre el programa de estabilidad actualizado de Irlanda, 2000-2002 Diario Oficial n° C 060 de 02/03/2000 p. 0002 - 0002 DICTAMEN DEL CONSEJO de 31 de enero de 2000 sobre el programa de estabilidad actualizado de Irlanda, 2000-2002 (2000/C 60/02) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 5, Vista la Recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité económico y financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:
El 31 de enero de 2000, el Consejo estudió el programa de estabilidad actualizado de Irlanda, correspondiente al período 2000-2002(2). El Consejo se muestra satisfecho con la aplicación del programa en 1999. La economía irlandesa siguió avanzando con rapidez, el producto interior bruto (PIB) real aumentó un 8,4 % y el empleo creció alrededor del 4,75 %. En esta muy favorable coyuntura económica, las previsiones para mejorar la situación presupuestaria se superaron de forma significativa. El Consejo observa con satisfacción que el saldo de las finanzas públicas irlandesas mantuvo un superávit considerable en 1999 y se produjo otro marcado descenso en la ratio de la deuda pública con respecto al PIB.
Irlanda ya cumplió en 1999 las obligaciones contenidas en el pacto de estabilidad y crecimiento. También las cumplirá durante el período 2000-2002. El Consejo señala que el superávit presupuestario previsto para las administraciones públicas, incluso teniendo en cuenta la importante prefinanciación de las pensiones del Estado, es de sobra suficiente en cada año para dejar un margen de seguridad que evite superar el límite del 3 % del PIB para el déficit que el Tratado establece como valor de referencia en caso de fluctuaciones cíclicas normales. El Consejo señala también que la ratio de la deuda pública con respecto al PIB descenderá de forma sostenida durante el período correspondiente al programa.
El Consejo considera realista el escenario macroeconómico que se presenta en el programa de estabilidad actualizado. No obstante, la economía se encuentra actualmente en una fase avanzada del ciclo por lo que es necesario aplicar los instrumentos disponibles a nivel nacional para afrontar el riesgo de presiones inflacionistas. En este contexto, el Consejo recuerda a Irlanda las recomendaciones contenidas en las orientaciones generales de política económica para 1999 e insta a sus autoridades nacionales a que estén dispuestas a aplicar una política fiscal que garantice la estabilidad económica.
Dada la amplitud del recalentamiento de la economía, el Consejo considera justificada dicha intervención en ejecución del presupuesto de 2000 y en las previsiones posteriores, sin perder de vista los objetivos en materia de oferta contenidos en la estrategia presupuestaria a medio plazo de Irlanda. El Consejo aprueba que el programa actualizado trate la cuestión de las reformas estructurales. En particular, la publicación del Plan de desarrollo nacional 2000-2006 responde a una sugerencia del Consejo relativa a un plan detallado que muestre la manera de satisfacer las necesidades de capital físico y humano de una economía que sigue experimentando un crecimiento rápido, teniendo presente la reducción prevista de las transferencias procedentes de los Fondos Estructurales.
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. (2) El programa de estabilidad para Irlanda 1999-2001 fue objeto del Dictamen del Consejo de 18 de enero de 1999 (DO C 42 de 17.2.1999, p. 4).