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Dictamen del Consejo de 13 de marzo de 2000 sobre el programa de estabilidad actualizado de Portugal (2000-2004)

CELEX
32000A0418(03)
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
2000-03-13
In force since
2000-03-13
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Dictamen del Consejo de 13 de marzo de 2000 sobre el programa de estabilidad actualizado de Portugal (2000-2004) Diario Oficial n° C 111 de 18/04/2000 p. 0003 - 0003 Dictamen del Consejo de 13 de marzo de 2000 sobre el programa de estabilidad actualizado de Portugal (2000-2004) (2000/C 111/03) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 5, Vista la Recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité Económico y Financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

El 13 de marzo del año 2000, el Consejo examinó el programa de estabilidad actualizado de Portugal, relativo al período 2000-2004. El Consejo observa con satisfacción que la economía portuguesa ha venido creciendo a unas tasas superiores a la media de la Unión Europea, a lo que han contribuido las reformas estructurales aplicadas. El Consejo también observa con agrado que se han alcanzado los objetivos de déficit para 1998 y 1999 fijados en el programa de estabilidad inicial, a pesar de un crecimiento económico ligeramente inferior al previsto. El programa actualizado prevé una reducción gradual del déficit de las administraciones públicas del 2 % del PIB en 1999 a una situación de equilibrio en el año 2004.

Según el escenario macroeconómico del programa actualizado, la economía portuguesa crecerá a una tasa media anual del 3,5 % durante el período 2000-2004 (esto es, 0,25 puntos porcentuales por encima de la hipótesis del programa inicial), impulsada principalmente por la demanda interna, mientras que la contribución de las exportaciones netas se mantendrá negativa, ampliándose así aún más el ya elevado desequilibrio exterior. Aunque estima que una tasa media de crecimiento del 3,5 % no puede considerarse excesivamente ambiciosa para un país en proceso de recuperación como Portugal, el Consejo entiende que el crecimiento previsto en el programa depende fundamentalmente de la demanda interna, por lo que invita al Gobierno portugués a seguir de cerca la evolución macroeconómica y a adoptar medidas correctoras en caso necesario.

Esto, además de un reforzamiento de la competitividad a través de, entre otras cosas, una moderación de los incrementos salariales y medidas estructurales, podría requerir un endurecimiento de la política presupuestaria con vistas a reducir la demanda interna. En lo que se refiere a las finanzas públicas, el Consejo toma nota de que los resultados alcanzados en materia de déficit en 1999 (y 1998) fueron posibles principalmente porque los ingresos superiores a los previstos, derivados sobre todo de un crecimiento impulsado por la demanda interna, lograron contrarrestar los significativos excesos de los gastos primarios corrientes respecto del nivel previsto, que se debían principalmente a unos gastos sanitarios excesivos y a un fuerte aumento de la masa salarial del sector público.

Está previsto que los ingresos públicos y los gastos primarios sigan aumentando considerablemente en el año 2000, y que sólo con posterioridad a esta fecha se reduzcan de forma marginal. El Consejo considera que la ejecución de esta estrategia de ajuste debe ser acorde con las orientaciones generales de política económica, como ya observó en su Dictamen sobre el programa inicial(2). Además, entiende que la reducción a partir del año 2000 de los gastos primarios corrientes (en porcentaje del PIB) habrá de lograrse ampliando el margen para la limitación de gastos de una forma más eficiente y sostenible.

El Consejo estima que la situación presupuestaria subyacente en el objetivo de déficit a medio plazo del programa de estabilidad actualizado se ajusta a las exigencias del pacto de estabilidad y crecimiento. Sin embargo, como se prevé que el saldo presupuestario no alcance el nivel mínimo requerido hasta después del año 2002, el Consejo reitera la recomendación, ya formulada en el dictamen sobre el programa inicial, de intentar lograr una reducción más rápida del déficit con vistas a aumentar el margen de seguridad necesario para permitir el funcionamiento de los estabilizadores automáticos en caso de una desaceleración cíclica.

Por consiguiente, las autoridades portuguesas deberán haber todo lo posible para alcanzar unos resultados mejores que los previstos. Por otra parte, el Consejo insta al Gobierno portugués a perseguir firmemente el objetivo de déficit fijado para el año 2000 mediante un estricto control del gasto; el Consejo acoge con satisfacción el bloqueo ex ante de algunos gastos en el presupuesto para el año 2000 y estima que, en caso de que ello sea necesario para alcanzar el objetivo fijado, no deberían efectuarse. El Consejo se congratula de las reformas presupuestarias y estructurales previstas que se describen en el programa y que se ajustan ampliamente a las recomendaciones contenidas en las orientaciones generales de política económica.

De estas reformas, las más urgentes son la entrada en vigor de una nueva ley general presupuestaria y una nueva ley sobre pensiones de la seguridad social. Las medidas anunciadas en el ámbito de la asistencia sanitaria para mejorar la eficiencia y el control del gasto también son necesarias para apoyar el proceso de consolidación presupuestaria. Por consiguiente, sería necesaria una aplicación rápida y decidida de estas reformas, algunas de las cuales ya se habían anunciado en el programa inicial, con el fin de reforzar la eficacia de la política económica. (1) DO L 209 de 2.8.1997, p.

1. (2) DO C 68 de 11.3.1999, p. 2.

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