Dictamen del Consejo de 12 de febrero de 2002 en relación con el programa de estabilidad actualizado de Grecia del período 2001-2004 Diario Oficial n° C 051 de 26/02/2002 p. 0005 - 0005 Dictamen del Consejo de 12 de febrero de 2002 en relación con el programa de estabilidad actualizado de Grecia del período 2001-2004 (2002/C 51/04) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 5, Vista la recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité Económico y Financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:
El 12 de febrero de 2002, el Consejo examinó la actualización del programa de estabilidad de 2001 de Grecia, que cubre el período 2001-2004. El crecimiento real del PIB se mantuvo vigoroso en 2001, alcanzando el 4,1 %, aunque fue inferior a lo previsto en el programa de estabilidad de 2000, debido al empeoramiento de la situación externa. El repunte de la inflación ocasionado por el aumento del coste de la energía en el 2000 empezó a remitir en el verano de 2001, pero la mejoría podría ser más moderada en los próximos meses. Según el programa actualizado, las cuentas de las administraciones públicas arrojarán un superávit del 0,1 % del PIB en 2001 (teniendo en cuenta los ingresos extraordinarios procedentes de las licencias UMTS, equivalentes al 0,4 % del PIB), en lugar del 0,5 % del PIB proyectado en el programa de estabilidad de 2000.
El programa de estabilidad actualizado prevé un crecimiento real de una media anual de alrededor del 4 % del PIB para el período 2002-2004, frente al 5,4 % previsto en el programa de estabilidad de 2000. A juicio del Consejo, este crecimiento real del PIB, que debe ir acompañado de altos niveles de inversión privada y pública, es factible. El Consejo observa que las proyecciones presupuestarias apuntan a una situación de superávit a lo largo de todo el programa, tanto en términos reales como ajustados al ciclo, y cumplen el requisito del pacto de estabilidad y crecimiento de práctico equilibrio o superávit de las finanzas públicas.
El Consejo toma nota de que se espera que la ratio de la deuda pase del 99,6 % del PIB en 2001 al 90 % del PIB en 2004, en vez del 84,0 % del PIB proyectado en el programa de estabilidad de 2000. También observa que la mejora del saldo público prevista para el período 2000-2004 descansa básicamente en la disminución continua del servicio de la deuda; en cambio, no se prevé reducción alguna del gasto primario corriente. Además, la ratio del superávit primario de las administraciones públicas con relación al PIB, aunque será elevada hasta el 2004, evoluciona a la baja a lo largo de todo el programa.
El Consejo anima vivamente a las autoridades griegas a que establezcan con rapidez unas normas obligatorias claras en materia de gasto primario corriente, a tenor de las recomendaciones que formuló en su Dictamen sobre el programa de estabilidad de 2000(2). El Consejo considera oportuno mantener superávit primarios elevados por encima del 6 % del PIB, y, si fuese necesario, proseguir el ajuste presupuestario teniendo en cuenta el nivel elevado de la deuda. A corto plazo, habrá que seguir vigilando la evolución de los precios, en especial por lo que atañe a las próximas negociaciones salariales.
Además, habida cuenta de la ratio de la deuda pública, todavía muy elevada, así como de la perspectiva de unos mayores costes presupuestarios derivados del envejecimiento de la población, el Consejo exhorta al Gobierno griego a aprovechar la actual coyuntura macroeconómica favorable para reducir la deuda pública lo antes posible. El Consejo observa que se planea reducir la deuda a un ritmo muy inferior al que podría seguirse dadas las previsiones de crecimiento del PIB y del superávit primario. El Consejo invita a las autoridades a facilitar información más detallada sobre las operaciones financieras en futuras actualizaciones del programa, para permitir una mejor comprensión de la evolución de la deuda.
El Consejo toma nota de que la profundización de las reformas estructurales es un objetivo clave de la política económica del programa actualizado; el Consejo estima que, aunque se han hecho considerables progresos en estos últimos años, hay que seguir adelante con las reformas estructurales de los mercados de productos, de servicios y del trabajo, al objeto de hacerlos más eficaces y aumentar la competitividad de la economía; el Consejo anima al Gobierno a acometer sin demora las reformas necesarias. El Consejo acoge con satisfacción los planes del Gobierno de emprender reformas en materia de elaboración de presupuestos y gestión del gasto en el sector público.
El Consejo se felicita de la información facilitada en el programa actualizado sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. A su juicio, el fenómeno del envejecimiento de la población podría originar graves desequilibrios presupuestarios en el futuro y es preciso reformar el sistema de pensiones públicas. El Consejo observa que en 2001 no hubo avances en este campo y que el programa actualizado no contiene planes ni un calendario específico para la reforma de las pensiones. El Consejo recomienda que el Gobierno acometa sin más demoras la reforma del sistema de pensiones.
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. (2) DO C 77 de 9.3.2001, p. 1.