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Dictamen del Consejo de 9 de marzo de 2004 en relación con el Programa de Estabilidad actualizado de Bélgica (2004-2007)

CELEX
32004A0318(03)
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
2004-03-09
In force since
2004-03-09
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Dictamen del Consejo de 9 de marzo de 2004 en relación con el Programa de Estabilidad actualizado de Bélgica (2004-2007) Diario Oficial n° C 068 de 18/03/2004 p. 0004 - 0005 Dictamen del Consejo de 9 de marzo de 2004 en relación con el Programa de Estabilidad actualizado de Bélgica (2004-2007) (2004/C 68/03) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las estrategias presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 5, Vista la Recomendación de la Comisión, previa consulta al Comité Económico y Financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

El 9 de marzo de 2004, el Consejo examinó el programa de estabilidad actualizado de 2003 de Bélgica, relativo al período 2004 a 2007. Dicho programa cumple en líneas generales con los requisitos en materia de datos del Código de conducta sobre el contenido y el formato de los programas de estabilidad y de convergencia. La estrategia presupuestaria de las autoridades de Bélgica sigue estando encaminada a: a) respetar el objetivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento de tener una situación presupuestaria de proximidad al equilibrio o superávit; b) lograr una reducción constante del ratio deuda/PIB a medio o largo plazo; y c) promover una creación de empleo compatible con unas finanzas públicas saneadas.

En el programa se presenta una estimación de crecimiento del PIB del 0,9 % para 2003, que sería así el tercer año consecutivo con un crecimiento del PIB inferior al 1 %. Para los años siguientes se prevé un aumento, hasta el 1,8 % en 2004, el 2,8 % en 2005 y una media del 2,3 % en 2006-2007. Se espera una mejora de la evolución del empleo, del - 0,1 % en 2003 al 0,7 % en 2004 y a una media del 0,8 % en 2005-2007. La inflación medida por el índice de precios al consumo armonizado se mantendría estable durante el período 2004-2007 (1,4 %). Partiendo de la información disponible, el escenario macroeconómico de la actualización parece realista, aunque posiblemente optimista en 2005, año para el que se prevé un crecimiento del PIB del 2,8 %, lo que representa un crecimiento superior en medio punto porcentual al contemplado en las previsiones del otoño de 2003 de la Comisión.

A pesar de la ralentización de la actividad económica, el programa actualizado prevé un superávit de las administraciones públicas equivalente al 0,2 % del PIB en 2003 (según una estimación más reciente, el superávit sería del 0,3 % del PIB). No obstante, este resultado está influido por medidas puntuales que tienen un efecto positivo neto del 1,2 % del PIB, cabiendo destacar una operación de Belgacom (empresa de telecomunicaciones de participación pública mayoritaria). El objetivo de equilibrio presupuestario para 2004 se basa en medidas puntuales que representan el 0,7 % del PIB, pudiendo destacarse la obtención de unos ingresos del 0,3 % del PIB procedentes de una operación de regularización fiscal.

Para 2005-2006, las autoridades siguen previendo un presupuesto equilibrado, mientras que para 2007 se prevé un pequeño superávit (0,3 % del PIB). Paralelamente a una reducción prevista de los pagos de intereses, el superávit primario pasaría del 5,6 % del PIB en 2003 al 4,8 % en 2005, para estabilizarse a continuación. Según la estimación de la Comisión, realizada aplicando la metodología común a los datos del programa, el saldo presupuestario ajustado en función del ciclo pasaría de un superávit del 0,8 % del PIB en 2003 a un saldo equilibrado en 2004-2006 y a un pequeño superávit en 2007.

Excluyendo las medidas puntuales, el saldo presupuestario ajustado en función del ciclo pasaría de un déficit del 0,4 % del PIB en 2003 a un superávit del 0,3 % en 2007. Con unas hipótesis macroeconómicas y presupuestarias verosímiles, durante el período cubierto por el programa se mantendría una situación presupuestaria de proximidad al equilibrio o superávit, lo que proporcionaría un margen de seguridad suficiente para impedir que se rebase el límite de déficit del 3 % del PIB en el caso de fluctuaciones cíclicas normales. La deuda pública ha disminuido regularmente, desde su elevado máximo absoluto del 138 % del PIB alcanzado en 1993 hasta un nivel ligeramente superior al 100 % en 2003, y se prevé que alcance el 87 % del PIB en 2007.

La estrategia presupuestaria presentada en el programa es compatible con la mejora de la sostenibilidad de las finanzas públicas. Sin embargo, dado el índice todavía alto de deuda, Bélgica presenta aún algunos riesgos de desequilibrios a largo plazo, derivados de las consecuencias del envejecimiento de la población, especialmente en lo que se refiere a los gastos de asistencia sanitaria. El elevado nivel de deuda requiere atención y es necesario alcanzar en los próximos 10 a 15 años los altos superávit primarios previstos a fin de mantener a la economía en una senda sostenible. Asimismo, de acuerdo con las Orientaciones Generales de Política Económica, deberán reforzarse la estrategia gubernamental actual de reducción de la deuda, la mejora de la participación laboral, el aumento de la edad efectiva de jubilación, el mantenimiento de los esfuerzos de financiación del Fondo para el envejecimiento de la población y la prosecución de la reforma del sistema de pensiones, a fin de afrontar las repercusiones del envejecimiento de la población para el presupuesto.

Las políticas económicas reflejadas en el programa actualizado siguen parcialmente las recomendaciones formuladas en las Orientaciones Generales de Política Económica, especialmente aquellas con implicaciones presupuestarias. Aunque en el programa se incluye un compromiso renovado para asignar, de manera prioritaria, los ingresos procedentes de un posible crecimiento superior al previsto a la mejora de la situación presupuestaria, el programa no presenta información sobre la forma en que las autoridades se proponen cumplir la recomendación de limitar al 1,5 % el aumento del gasto real de la Entidad I (Gobierno Federal y Seguridad Social).

(1) DO L 209 de 2.8.1997.

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