2004/706/CE: Decisión de la Comisión, de 15 de octubre de 2004, por la que se crea un Foro europeo sobre la gobernanza empresarial
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
Se crea un grupo de expertos en gobernanza empresarial en la Comunidad, denominado el «Foro europeo sobre la gobernanza empresarial» (en lo sucesivo, «el Foro»).
Article 2
El papel del Foro consistirá, teniendo en cuenta la evolución de las prácticas de gobernanza empresarial en los Estados miembros, en propiciar la convergencia de los códigos nacionales de gobernanza empresarial y en prestar asesoramiento estratégico a la Comisión, a petición de ésta o por propia iniciativa, sobre aspectos de política de gobernanza empresarial.
Article 3
El Foro estará compuesto por dieciocho miembros como máximo cuya experiencia y competencia en materia de gobernanza empresarial gocen de un amplio reconocimiento a nivel comunitario. Los miembros del Foro serán nombrados por la Comisión. La lista de miembros figura en el anexo. La Comisión estará presente en las reuniones del Foro y designará a un representante de alto nivel para participar en sus debates. El Foro estará presidido por un representante de la Comisión.
Article 4
El mandato de los miembros del Foro tendrá una duración de tres años. Será renovable. Al término del período de tres años, los miembros del Foro seguirán en funciones hasta su sustitución o hasta la renovación de su mandato. En caso de dimisión o de fallecimiento de un miembro del Foro durante el período de su mandato, la Comisión nombrará un nuevo miembro del Foro de conformidad con el artículo 3.
Article 5
La lista de miembros será publicada por la Comisión a efectos informativos en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 6
El Foro podrá invitar a expertos y observadores a asistir a sus reuniones. El Foro podrá crear grupos de trabajo.
Article 7
El Foro presentará un informe anual a la Comisión.
Article 8
El Foro adoptará sus propias normas de procedimiento. La Comisión desempeñará las tareas de secretaría del Foro.
Article 9
Los gastos de desplazamiento y estancia de los miembros, los observadores y los expertos, relacionados con actividades del Foro, serán reembolsados por la Comisión de conformidad con las disposiciones vigentes en la misma. Las funciones de aquéllos no serán remuneradas.
Article 10
El Foro asumirá sus funciones el 18 de octubre de 2004.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions