Skip to content
Seqlense EUR-Lex

2005/145/CE: Decisión de la Comisión, de 16 de diciembre de 2003, relativa a las ayudas estatales concedidas por Francia a EDF y al sector de las industrias eléctricas y del gas [notificada con el número C(2003) 4637] (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32005D0145
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2003-12-16
In force since
2005-02-22
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

La garantía ilimitada concedida por Francia en favor de Electricité de France (EDF) constituye una ayuda estatal incompatible con el mercado común y debe suprimirse antes del 1 de enero de 2005.

Article 2

La vinculación del régimen francés de jubilación del ramo de las industrias eléctricas y del gas a los regímenes de jubilación de derecho común no constituye una ayuda a efectos del artículo 87, apartado 1, del Tratado, siempre y cuando esta vinculación sea financieramente neutra para las empresas, para los regímenes receptores y para el Estado. El hecho de que las empresas del ramo de las industrias eléctricas y del gas no pagaran los derechos específicos adquiridos en la fecha de la reforma por los trabajadores adscritos al transporte y a la distribución de electricidad y gas, y su financiación por medio de una contribución tarifaria constituyen una ayuda compatible con el mercado común con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado. La garantía concedida por Francia a la Caja Nacional de las Industrias Eléctricas y del Gas para dichos derechos específicos adquiridos no constituye una ayuda estatal en el sentido del artículo 87, apartado 1, del Tratado.

Article 3

El que EDF no pagara, en 1997, el impuesto de sociedades sobre la parte de las provisiones constituidas con exención de impuestos para la renovación de la RAG, por un importe equivalente a los 14119 millones de francos de derechos del cedente reclasificados en dotaciones de capital, constituye una ayuda estatal incompatible con el mercado común. El elemento de ayuda correspondiente al importe no pagado del impuesto de sociedades asciende a 888,89 millones de EUR.

Article 4

Francia adoptará todas las medidas necesarias para obtener de EDF la recuperación de la ayuda contemplada en el artículo 3, que ha sido puesta a su disposición ilegalmente. La recuperación se efectuará sin dilación y con arreglo a los procedimientos del Derecho nacional, siempre que éstos permitan la ejecución inmediata y efectiva de la presente Decisión. La ayuda recuperable devengará intereses desde la fecha en que estuvo a disposición de EDF hasta la de su recuperación efectiva. Los intereses se determinarán sobre la base del tipo de referencia utilizado para el cálculo del equivalente de subvención de las ayudas regionales y sobre una base de interés compuesto con arreglo a la Comunicación de la Comisión relativa a los tipos de interés aplicables a efectos de la recuperación de ayudas concedidas ilegalmente .

Article 5

Francia informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma. Esta información se comunicará a la Comisión por medio del formulario que figura en el anexo.

Article 6

El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions