Decisión del Consejo de la Unión Europea de 25 de abril de 2005 relativa a la admisión de la República de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 49, Visto el dictamen de la Comisión , Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo , Considerando que la República de Bulgaria y Rumanía han solicitado su ingreso como miembros de la Unión Europea, DECIDE: aceptar estas solicitudes de ingreso; las condiciones de ingreso así como las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea que dicho ingreso implica, serán objeto de un acuerdo entre los Estados miembros, la República de Bulgaria y Rumanía.
Hecho en Luxemburgo, el 25 de abril de 2005 . Por el Consejo El Presidente J. Asselborn