2005/652/CE: Decisión de la Comisión, de 20 de octubre de 2004, relativa a la ayuda estatal C 38/03 concedida por España en concepto de nuevas ayudas de reestructuración a los astilleros públicos españoles [notificada con el número C(2004) 3918] (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
La ayuda estatal concedida ilegalmente por España, en infracción del artículo 88, apartado 3, del Tratado, en favor de Izar Construcciones Navales, SA (Izar), por un importe de 556,1 millones EUR, es incompatible con el mercado común.
Article 2
1 España adoptará todas las medidas necesarias para obtener de Izar la recuperación de la ayuda contemplada en el artículo 1, que ha sido puesta a su disposición ilegalmente.
2 La recuperación se efectuará sin dilación y con arreglo a los procedimientos del Derecho nacional, siempre que éstos permitan la ejecución inmediata y efectiva de la presente Decisión. La ayuda recuperable devengará intereses desde la fecha en que estuvo a disposición del beneficiario hasta la de su recuperación. Los intereses se determinarán sobre la base del tipo de referencia utilizado para el cálculo del equivalente de subvención en el marco de las ayudas regionales. El tipo de interés se aplicará sobre una base compuesta durante todo el período contemplado.
Article 3
España informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas ya adoptadas y previstas en cumplimiento de la misma. Para ello utilizará el cuestionario que figura en el anexo a la presente Decisión.
Article 4
El destinatario de la presente Decisión será el Reino de España.
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