Reglamento (CE, Euratom) n° 23/2005 del Consejo, de 20 de diciembre de 2004, por el que se adapta, a partir del 1 de julio de 2004, el porcentaje de la contribución al régimen de pensiones de los funcionarios y otros agentes de las Comunidades Europeas y, a partir del 1 de enero de 2005, el tipo de interés utilizado en las transferencias entre el régimen comunitario y los regímenes nacionales de pensiones
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Article 1
Con efecto a partir del 1 de julio de 2004, el porcentaje de la contribución contemplada en el apartado 2 del artículo 83 del Estatuto queda fijado en el 9,75 %.
Article 2
Con efecto a partir del 1 de enero de 2005, el tipo de interés mencionado en los artículos 4 y 8 del anexo VIII del Estatuto y en los artículos 40 y 110 del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas queda fijado en el 3,9 %.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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