2006/900/CE: Decisión de la Comisión, de 20 de octubre de 2005 , relativa a la ayuda estatal ejecutada por Finlandia en concepto de ayuda a la inversión en favor de Componenta Oyj [notificada con el número C(2005) 3871] (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
La ayuda estatal ejecutada por Finlandia en favor de Componenta Oyj, por un total de 2383276,5 euros en forma de pago por la ciudad de Karkkila por la compra de las acciones de Componenta Oyj en la empresa Keskustakiinteistöt Oy, por un importe de 713092,5 euros, y de un préstamo sin intereses de 1670184 euros concedido por la ciudad de Karkkila a la empresa Karkkilan Keskustakiinteistöt Oy y utilizado por Karkkilan Keskustakiinteistöt Oy para reembolsar a Componenta Oyj un préstamo del mismo importe, es incompatible con el mercado común. Este importe de ayuda de 713092,5 euros podrá reducirse si Finlandia prueba que la sobrevaloración de los terrenos, según lo descrito anteriormente, es inferior a 619760 euros. En ese caso, el importe de la ayuda sería corregido por el valor establecido correspondiente de las acciones de Karkkilan Keskustakiinteistöt Oy vendidas a la ciudad de Karkkila.
Article 2
1 Finlandia adoptará todas las medidas necesarias para que el beneficiario de la ayuda contemplada en el artículo 1, Componenta Oyj, devuelva la ayuda ilegalmente puesta a su disposición.
2 La recuperación se efectuará sin dilación y con arreglo a los procedimientos del Derecho nacional, siempre que éstos permitan la ejecución inmediata y efectiva de la presente Decisión.
3 La ayuda recuperable devengará intereses desde la fecha en que se puso a disposición del beneficiario hasta la de su recuperación.
4 Dichos intereses se calcularán de conformidad con las disposiciones establecidas en el capítulo V del Reglamento (CE) no 794/2004 del Consejo .
Article 3
1 Finlandia informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas y previstas para recuperar la ayuda mencionada en el artículo 1. Para ello utilizará el cuestionario que se adjunta en el Anexo I a la presente Decisión.
2 Asimismo, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la presente Decisión, Finlandia presentará documentos que demuestren que se han iniciado los procedimientos de devolución de la ayuda por parte del beneficiario, Componenta Oyj.
Article 4
El destinatario de la presente Decisión es la República de Finlandia.
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