Reglamento (CE) n o 1929/2006 del Consejo, de 23 de octubre de 2006 , relativo a la aplicación del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Uruguay al amparo del artículo XXIV, apartado 6, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n o 2658/87 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
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Article 1
El anexo 7 (Contingentes arancelarios OMC concedidos por las autoridades comunitarias competentes) de la sección III de la tercera parte del anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 queda modificado como sigue en relación con el código NC 02013000: 1) La definición correspondiente al contingente arancelario de 4000 toneladas Carne deshuesada de calidad superior, fresca, refrigerada o congelada, que responda a la siguiente definición: cortes de carne de bovino especial o de buena calidad obtenidos exclusivamente de animales alimentados con pasto, con un peso vivo en matadero que no supere los 460 kg, designados como carne de bovino especial envasada. Estos cortes pueden llevar la indicación SC (special cuts) se sustituye por el texto siguiente: Carne de bovino deshuesada de calidad superior, fresca, refrigerada o congelada. 2) Bajo el epígrafe Otras condiciones se incluye el texto siguiente: País suministrador: Uruguay.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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