Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Dictamen del Consejo, de 27 de febrero de 2007 , en relación con el programa de estabilidad actualizado de Italia (2006-2011)

CELEX
32007A0327(05)
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
2007-02-27
In force since
2007-02-27
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Dictamen del Consejo de 27 de febrero de 2007 en relación con el programa de estabilidad actualizado de Italia (2006-2011) (2007/C 70/05) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997 , relativo al reforzamiento de la supervisión de las estrategias presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas , y, en particular, su artículo 5, apartado 3, Vista la Recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité Económico y Financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

(1) El 27 de febrero de 2007 , el Consejo examinó el programa de estabilidad actualizado de Italia, que abarca el periodo 2006-2011. (2) Según el escenario macroeconómico subyacente en el programa, el crecimiento del PIB real disminuiría inicialmente del 1,6 % en 2006 al 1,3 % en 2007. A continuación aumentaría gradualmente, hasta alcanzar el 1,7 % en 2011. Partiendo de la información disponible, este escenario parece basarse en hipótesis de crecimiento verosímiles. Las previsiones de inflación del programa parecen ser un tanto bajas para los últimos años del programa. (3) Según la actualización de 2006 del programa de estabilidad, en 2006 el déficit equivaldría al 5,7 % del PIB .

Esta cifra contrasta con el 4,7 % del PIB que figura en las previsiones del otoño de 2006 de los servicios de la Comisión. El escenario de la Comisión no tiene en cuenta el desvío del 0,9 % del PIB debido a la cancelación de la deuda de la empresa de ferrocarriles asociada al proyecto de alta velocidad ( Ferrovie dello Stato — RFI/TAV ) , tras una decisión adoptada en la fase final del proceso presupuestario. Por su parte, la previsión de déficit incluida en las previsiones del otoño de 2006 de los servicios de la Comisión es superior al 3,5 % establecido en la anterior actualización del programa de estabilidad.

La diferencia entre ambas cifras (1,2 % del PIB) se explica esencialmente por el diferente efecto de las medidas excepcionales (0,8 % del PIB) y el mantenimiento de los efectos negativos de la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sobre el IVA aplicable a los vehículos de empresa (alrededor del 0,4 % del PIB). (4) La estrategia presupuestaria del programa tiende a corregir el déficit excesivo de aquí a 2007 (se prevé que el déficit disminuya al 2,8 % del PIB) en su mayor parte con medidas de carácter permanente. A continuación, se prevé que el saldo presupuestario público siga mejorando constantemente durante todo el periodo del programa, y pase a ser positivo (+ 0,1 % del PIB) en 2011.

Se espera una mejora del saldo primario, del – 0,9 % del PIB del 2006 al 5 % en 2011. Hasta 2007, el ajuste se realizaría esencialmente por el lado de los ingresos. Después de 2007, la información se limita a la magnitud de la corrección requerida para alcanzar los objetivos presupuestarios en relación con las tendencias. En comparación con el programa anterior, los objetivos a partir de 2007 se mantienen globalmente inalterados en el marco de un escenario macroeconómico menos favorable, aunque, debido al punto de partida del déficit en 2006, muy superior, el ajuste en 2007 sería mucho mayor.

(5) Se prevé que el saldo estructural (saldo ajustado en función del ciclo excluyendo las medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal), calculado aplicando la metodología común, mejore de un déficit de alrededor del 4 % del PIB en 2006 a un superávit del 0,25 % del PIB al final del periodo cubierto por el programa (2011). Al igual que en la anterior actualización del programa de estabilidad, el objetivo a medio plazo para la situación presupuestaria presentado en el programa es un presupuesto equilibrado en términos estructurales, que en el programa se prevé alcanzar de aquí al término del periodo del programa.

La anterior actualización del programa no contemplaba alcanzar el objetivo a medio plazo dentro del periodo cubierto por el mismo (que finalizaba en 2009). Dado que el objetivo a medio plazo del programa es más exigente que el valor de referencia mínimo (estimado en un déficit de aproximadamente el 1,5 % del PIB), el logro de dicho objetivo debería proporcionar un margen de seguridad que impida la aparición de déficit excesivos. El objetivo a medio plazo se sitúa dentro del intervalo indicado para los Estados miembros de la zona del euro y del MTC II en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y en el Código de conducta y refleja adecuadamente el ratio de deuda y el crecimiento potencial medio a largo plazo.

(6) Los resultados presupuestarios podrían ser mejores que los previstos en el programa en 2006, y peores que los previstos en el mismo a partir de 2007. Para 2007, los riesgos asociados a las previsiones presupuestarias del programa parecen globalmente equilibrados. Entre los factores positivos cabe señalar que, a la luz de la evolución de los datos de caja, en 2006 el déficit podría resultar inferior a la previsión del 5,7 % del PIB, lo que implicaría un efecto de base para 2007 mejor de lo previsto. Sin embargo, existen riesgos asociados a la eficacia de algunas de las medidas incluidas en el presupuesto para 2007.

No pueden descartarse riesgos para la hacienda pública a medio plazo, particularmente derivados de los reiterados excesos en los gastos de asistencia sanitaria. Además, no se ofrecen detalles sobre la estrategia de ajuste a partir de 2007, lo que aumenta los riesgos asociados al saneamiento fiscal planeado. (7) Teniendo en cuenta esta evaluación de riesgos, la estrategia presupuestaria del programa parece globalmente compatible con una corrección del déficit excesivo de aquí a 2007, conforme a lo recomendado por el Consejo, a condición de que las medidas presupuestarias se apliquen plena y eficazmente.

Existen riesgos de que en 2007 no se realice el ajuste estructural previsto, equivalente al 1,25 % del PIB. Sin embargo, los datos disponibles, que apuntan a un ajuste estructural mejor que el previsto en 2006 (0,25 % del PIB), podrían implicar que en 2007 la situación de partida fuera mejor que la prevista. La orientación presupuestaria del programa podría no proporcionar un margen de seguridad suficiente para impedir que se rebase el déficit máximo del 3 % del PIB con fluctuaciones macroeconómicas normales antes de 2010. Por otro lado, podría no bastar para garantizar el logro del objetivo a medio plazo dentro del periodo cubierto por el programa, según se prevé en el mismo.

En los años siguientes a la corrección del déficit excesivo, el ritmo de ajuste hacia el objetivo a medio plazo implicado por el programa es conforme en líneas generales al Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que indica que los Estados miembros de la zona del euro y del MTC II deberán alcanzar una mejora anual de su saldo presupuestario estructural equivalente como mínimo al 0,5 % del PIB y que el ajuste deberá ser mayor en coyunturas económicas favorables y podrá ser menor en coyunturas económicas desfavorables. (8) La deuda bruta se estima oficialmente en el 107,6 % del PIB para 2006, muy por encima, pues, del valor de referencia del 60 % del PIB.

Según el programa, el ratio de deuda disminuiría gradualmente hasta situarse en torno al 98 % del PIB en 2011. En 2006, la evolución del ratio de deuda será probablemente más favorable que la prevista en el programa dada la evolución de los datos de caja. Los riesgos asociados a la evolución prevista del ratio de deuda parecen globalmente equilibrados en 2007. Después de 2007, la ausencia de detalles sobre la estrategia de ajuste aumenta los riesgos asociados a la reducción de deuda planeada. A la luz de esta evaluación de riesgos, el ratio de deuda podría no disminuir suficientemente hacia el valor de referencia durante el periodo cubierto por el programa.

(9) Se estima que en Italia los efectos a largo plazo del envejecimiento de la población sobre el presupuesto serán inferiores a la media de la UE; los gastos en pensiones aumentarían menos que la media de la UE, gracias a las reformas de las pensiones adoptadas, a condición de que se apliquen plenamente (cabe destacar el ajuste actuarial periódico planeado en función de la evolución de la esperanza de vida). El aumento de la tasa de empleo, especialmente de los trabajadores de más edad, mejoraría las pensiones de los trabajadores en el futuro y contribuiría al éxito de la reforma de las pensiones.

La situación presupuestaria inicial constituye un riesgo para la sostenibilidad de las finanzas públicas incluso sin tener en cuenta los efectos a largo plazo del envejecimiento de la población sobre el presupuesto. Además, el nivel actual de deuda bruta es muy superior al valor de referencia del Tratado y su reducción requerirá el logro de altos superávit primarios y su mantenimiento durante un largo periodo. Globalmente, Italia parece afrontar un nivel de riesgo medio en lo que se refiere a la sostenibilidad de la hacienda pública. (10) El programa de estabilidad contiene una evaluación cualitativa de las repercusiones globales del informe de octubre de 2006 sobre la aplicación del Programa nacional de reforma en el marco de la estrategia fiscal a medio plazo.

El programa proporciona cierta información sobre los costes o ahorros presupuestarios que se derivarían directamente de las principales reformas previstas en el Programa nacional de reforma y sus previsiones presupuestarias parecen tener en cuenta las repercusiones presupuestarias de las medidas presentadas en dicho Programa. Las medidas en el área de la hacienda pública previstas en el programa de estabilidad parecen ajustarse a las contempladas en el Programa nacional de reforma. En particular, ambos programas abordan la cuestión de la sostenibilidad presupuestaria y contemplan la aplicación de una reducción de la distorsión fiscal sobre el factor trabajo (2007-2008).

(11) La estrategia presupuestaria del programa es conforme globalmente a las orientaciones generales de política económica incluidas en las Directrices integradas para el período 2005-2008. (12) En cuanto a los requisitos en materia de datos especificados en el Código de conducta para los programa de estabilidad y de convergencia, el programa presenta lagunas en los datos obligatorios y opcionales que han de colmarse en los programas futuros. El Consejo considera que el programa es compatible con una corrección del déficit excesivo de aquí a 2007, a condición de que el presupuesto para 2007 se aplique plena y eficazmente.

A partir de 2007, el ajuste planeado es conforme a las exigencias del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y permitiría alcanzar el objetivo a medio plazo durante el periodo cubierto por el programa. Sin embargo, no se ofrecen detalles sobre la estrategia de ajuste, lo que representa un riesgo para el logro de los objetivos presupuestarios a partir de 2007 y dificulta una evaluación adecuada de la estrategia de saneamiento. A la luz de la anterior evaluación y de la Recomendación de 28 de julio 2005 formulada de conformidad con el artículo 104, apartado 7, invita a Italia a que: (i) logre el saneamiento presupuestario planeado en 2007 a fin de corregir la situación de déficit excesivo de conformidad con la recomendación del Consejo formulada en virtud del artículo 104, apartado 7;

(ii) aproveche que la evolución del presupuesto ha sido mejor de lo previsto para reducir el déficit y garantice, una vez haya sido corregido el déficit, progresos adecuados hacia el objetivo a medio plazo a fin de alcanzarlo para el términdo del periodo cubierto por el programa, a más tardar, y lograr que el ratio deuda/PIB se reduzca en consecuencia. (iii) a la luz del alto nivel de deuda, aplique plenamente las reformas de las pensiones adoptadas, incluido el ajuste actuarial periódico planeado en función de la evolución de la esperanza de vida, con el fin de evitar incrementos significativos de los gastos relacionados con la edad; y (iv) mejore el proceso presupuestario aumentando su transparencia, especifique con mayor detalle las medidas presupuestarias en una perspectiva a más largo plazo y aplique eficazmente mecanismos tendentes a supervisar y controlar el gasto, especialmente el gasto en asistencia sanitaria.

Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias Notas: Fuente: Programa de estabilidad (PE); previsiones económicas de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2006; cálculos de los servicios de la Comisión. 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 PIB real (% variación) PE Dic 2006 0,0 1,6 1,3 1,5 1,6 1,7 1,7 COM Nov 2006 0,0 1,7 1,4 1,4 n.d. n.d. n.d. PE Dic 2005 0,0 1,5 1,5 1,7 1,8 n.d. n.d. Inflación IPCA (%) PE Dic 2006 2,2 2,2 2,1 1,7 1,5 1,5 1,5 COM Nov 2006 2,2 2,3 2,0 1,9 n.d. n.d. n.d. PE Dic 2005 2,3 2,3 2,2 2,0 2,0 n.d. n.d. Brecha de producción (% del PIB potencial) PE Dic 2006 – 1,3 – 0,9 – 0,9 – 0,8 – 0,7 – 0,5 – 0,5 COM Nov 2006 – 1,4 – 1,0 – 1,0 – 1,1 n.d. n.d. n.d.

PE Dic 2005 – 1,5 – 1,2 – 1,0 – 0,8 – 0,6 n.d. n.d. Saldo de las administraciones públicas (% del PIB) PE Dic 2006 – 4,1 – 5,7 – 2,8 – 2,2 – 1,5 – 0,7 0,1 COM Nov 2006 – 4,1 – 4,7 – 2,9 – 3,1 n.d. n.d. n.d. PE Dic 2005 – 4,3 – 3,5 – 2,8 – 2,1 – 1,5 n.d. n.d. Saldo primario (% del PIB) PE Dic 2006 0,7 – 0,9 2,2 2,8 3,4 4,2 5,0 COM Nov 2006 0,5 – 0,1 1,8 1,7 n.d. n.d. n.d. PE Dic 2005 0,6 1,3 1,9 2,6 3,2 n.d. n.d. Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo (% del PIB) PE Dic 2006 – 3,5 – 5,3 – 2,3 – 1,8 – 1,2 – 0,4 0,3 COM Nov 2006 – 3,4 – 4,1 – 2,4 – 2,5 n.d. n.d. n.d.

PE Dic 2005 – 3,5 – 2,9 – 2,3 – 1,7 – 1,2 n.d. n.d. Saldo estructural (% del PIB) PE Dic 2006 – 4,0 – 3,9 – 2,5 – 1,9 – 1,2 – 0,4 0,3 COM Nov 2006 – 3,9 – 3,6 – 2,5 – 2,6 n.d. n.d. n.d. PE Dic 2005 – 4,1 – 3,2 – 2,3 – 1,7 – 1,2 n.d. n.d. Deuda pública bruta (% del PIB) PE Dic 2006 106,6 107,6 106,9 105,4 103,5 100,7 97,8 COM Nov 2006 106,6 107,2 105,9 105,7 n.d. n.d. n.d. PE Dic 2005 108,5 108,0 106,1 104,4 101,7 n.d. n.d.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions