Dictamen de la Comisión de 9 de julio de 2007 relativo al plan de evacuación de residuos radiactivos procedentes de la instalación de almacenamiento de residuos radiactivos de NCS, situada en Hanau, en Alemania, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (2007/C 157/01) El 18 de octubre de 2006 , la Comisión Europea recibió del gobierno de la República Federal de Alemania, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales sobre el plan de evacuación de los residuos radiactivos procedentes de la instalación de NCS en el emplazamiento de Hanau.
Partiendo de tales datos generales y de la información adicional solicitada por la Comisión el 7 de diciembre de 2006 y proporcionada por las autoridades alemanas el 31 de enero de 2007 , y tras consultar al grupo de expertos, la Comisión ha elaborado el siguiente dictamen: 1. La distancia entre la central y el punto más cercano situado en el territorio de otro Estado miembro, en este caso Francia, es de aproximadamente 150 km. 2. En condiciones normales de funcionamiento, los vertidos líquidos y gaseosos no supondrán una exposición que pueda dejarse sentir en la salud de la población de otros Estados miembros.
3. Los residuos radiactivos sólidos procedentes de las operaciones de producción se eliminarán en una instalación autorizada. 4. En caso de emisiones imprevistas de efluentes radiactivos como resultado de un accidente del tipo e importancia considerados en los datos generales, las dosis recibidas en otros Estados miembros no se dejarían sentir en la salud de la población. Por consiguiente, la Comisión considera que la ejecución del plan de evacuación de los residuos radiactivos en cualquiera de sus formas, generados por el funcionamiento de la instalación de NCS de Hanau, en la República Federal de Alemania, no puede dar lugar, en condiciones normales de funcionamiento o en caso de un accidente del tipo y magnitud previstos en los datos generales, a una contaminación radiactiva del agua, el suelo o el espacio aéreo de otro Estado miembro.