Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 2006 , relativa a la ayuda estatal C 35/2005 cuya aplicación tienen prevista los Países Bajos en el marco de la creación de una red de banda ancha en Appingedam [notificada con el número C(2006) 3226] (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
La ayuda estatal que tienen previsto conceder los Países Bajos para la creación de una red de banda ancha en Appingedam es incompatible con el mercado común. Dicha ayuda no puede, por tanto, concederse.
Article 2
Los Países Bajos informarán a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma.
Article 3
El destinatario de la presente Decisión serán los Países Bajos.
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