2007/253/CE: Decisión de la Comisión, de 19 de enero de 2005 , sobre el Plan Rivesaltes y las tasas parafiscales CIVDN aplicados por Francia [notificada con el número C(2005) 50]
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Article 1
1 La ayuda estatal en forma de prima de paralización concedida por Francia a los productores vitícolas franceses que se comprometían a dejar de acogerse a las DOC Rivesaltes o Grand Roussillon desde la cosecha de 1996 a la de 2000, ambas incluidas, es incompatible con el mercado común.
2 La ayuda estatal en forma de plan de reconversión del viñedo de la DOC Rivesaltes concedida por Francia desde la cosecha de 1996 a la de 2000, ambas incluidas, por encima del 30 % de los costes reales o del límite máximo de 5030,82 EUR/ha (33000 FRF/ha) en casos individuales, es incompatible con el mercado común.
3 La ayuda estatal concedida por Francia entre el 1 de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2000 en forma de medidas de promoción publicitaria y de funcionamiento de las DOC Rivesaltes, Grand Roussillon, Muscat de Rivesaltes y Banyuls, es compatible con el mercado común en virtud del artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado.
Article 2
1 Francia adoptará las medidas necesarias para recuperar las ayudas incompatibles indicadas en el artículo 1, apartados 1 y 2, pagadas a los beneficiarios. La recuperación se efectuará sin demora de acuerdo con los procedimientos del Derecho nacional, siempre que permitan la ejecución inmediata y efectiva de la presente Decisión. Las ayudas que deben recuperarse incluirán intereses a partir de la fecha en la que fueron puestas a disposición de los beneficiarios, hasta la fecha de su recuperación. Los intereses se calcularán sobre la base del tipo de referencia de la Comisión previsto por el método de fijación de tipos de referencia y de actualización.
2 Con miras a la recuperación de las ayudas incompatibles referidas en el artículo 1, apartado 1, Francia informará a la Comisión del monto global de las ayudas otorgadas en el marco de esa medida y de su financiación, incluido el monto global de los ingresos generados por la cotización interprofesional creada a tal fin, y del número de hectáreas que causaron derecho a la prima de paralización.
Article 3
Francia informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma.
Article 4
La destinataria de la presente Decisión será la República Francesa.
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