2007/485/CE: Decisión del Consejo, de 10 de julio de 2007 , por la que se autoriza a Austria a celebrar un acuerdo con Suiza que incluye excepciones al artículo 2, apartado 1, letra d), de la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido
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Article 1
Se autoriza a Austria a celebrar un acuerdo con Suiza que incluye excepciones a la Directiva 2006/112/CE en relación con la construcción, el mantenimiento, la renovación y la explotación de una central hidroeléctrica fronteriza en el río Inn entre Prutz (Austria) y Tschlin (Suiza). Las excepciones en materia de IVA relacionadas con el acuerdo figuran en el artículo 2.
Article 2
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra d), de la Directiva 2006/112/CE, los bienes importados a Austria desde Suiza por sujetos pasivos con pleno derecho a deducción no estarán sujetos al IVA en la medida en que se utilicen en la construcción, el mantenimiento, la renovación y la explotación de la central hidroeléctrica fronteriza mencionada en el artículo 1.
Article 3
El destinatario de la presente Decisión es la República de Austria.
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