Reglamento (CE) n° 907/2007 del Consejo, de 23 de julio de 2007 , por el que se deroga el derecho antidumping sobre las importaciones de urea originaria de Rusia, tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) n° 384/96, y se dan por concluidas las reconsideraciones provisionales parciales de tales importaciones procedentes de Rusia, de conformidad con el artículo 11, apartado 3
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
Queda derogado el derecho antidumping sobre las importaciones de urea, clasificada en los códigos NC 31021010 y 31021090 y originaria de Rusia, y se da por concluido el procedimiento relativo a dichas importaciones.
Article 2
Se dan por concluidas las reconsideraciones provisionales parciales de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de urea clasificada en los códigos NC 31021010 y 31021090 y originaria de Rusia.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions