Reglamento (CE) n° 1355/2007 del Consejo, de 19 de noviembre de 2007 , por el que se adoptan medidas autónomas de carácter transitorio con miras a la apertura de contingentes arancelarios comunitarios de importación de embutidos y otros productos cárnicos originarios de Suiza
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Article 1
1 Se abrirá cada año un contingente arancelario comunitario libre de derechos, de carácter autónomo y transitorio, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, con vistas a la importación de los productos y cantidades indicados en el anexo originarios de Suiza que llevará el número 09.4180. Se abrirá a partir del 1 de enero de 2008 y vencerá el 31 de diciembre de 2009.
2 Las normas de origen aplicables a los productos referidos en el apartado 1 serán las establecidas en el artículo 4 del Acuerdo.
Article 2
Las normas de desarrollo del presente Reglamento se adoptarán conforme al procedimiento establecido en el artículo 24, apartado 2, del Reglamento (CEE) no 2759/75.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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