Decisión 2008/918/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008 , sobre el inicio de la Operación Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la disuasión, a la prevención y a la represión de los actos de piratería y el robo a mano armada frente a las costas de Somalia (Atalanta)
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Article 1
Se aprueban el plan de la operación y las normas de intervención relativas a la operación militar de la UE destinada a contribuir a la disuasión, a la prevención y a la represión de los actos de piratería y el robo a mano armada frente a las costas de Somalia (denominada en lo sucesivo operación «Atalanta»).
Article 2
La operación Atalanta comenzará el 8 de diciembre de 2008.
Article 3
Se autoriza al Comandante de la operación Atalanta a que, con efectos inmediatos, dicte la orden de activación (ACTORD) a fin de ejecutar el despliegue de las fuerzas y de dar comienzo a la ejecución de la misión.
Article 4
La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.
Article 5
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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