Reglamento (CE) n° 60/2008 de la Comisión, de 24 de enero de 2008 , por el que se establecen excepciones al Reglamento (CE) n° 327/98 en cuanto a la distribución en subperíodos, durante 2008, de un contingente arancelario de importación de arroz blanqueado y semiblanqueado
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Article 1
1 La cantidad de 38721 toneladas de arroz blanqueado o semiblanqueado del código NC 100630, incluida en el contingente con el número de orden 09.4127, originaria de Estados Unidos y que figura en la letra a) del anexo IX del Reglamento (CE) no 327/98, se distribuirá en 2008 con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
2 Los certificados de exportación a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (CE) no 327/98, expedidos en 2007 por los terceros países mencionados en dicho artículo, podrán utilizarse para las solicitudes de certificados de importación presentadas para el año de contingente 2008.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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