Reglamento (CE) n° 240/2008 del Consejo, de 17 de marzo de 2008 , por el que se deroga el derecho antidumping sobre las importaciones de urea procedentes de Belarús, Croacia, Libia y Ucrania, a raíz de una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) n° 384/96
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Article 1
Se deroga el derecho antidumping sobre las importaciones de urea, tanto si se presenta en forma de solución acuosa como si no, clasificada en los códigos NC 31021010 y 31021090 y originaria de Belarús, Croacia, Libia y Ucrania, y se da por concluido el procedimiento relativo a estas importaciones.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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