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2009/871/CE: Decisión de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009 , por la que se delega en la República de Croacia la gestión de la ayuda relativa al Componente V — Agricultura y Desarrollo Rural del Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP) para las medidas de preadhesión 101 y 103 en el período de preadhesión

CELEX
32009D0871
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2009-11-30
In force since
2009-11-30
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 La gestión de la ayuda proporcionada en el marco del IAP — Componente V en lo que concierne a la Agricultura y el Desarrollo Rural del Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP) queda delegada en los organismos interesados, en las condiciones establecidas en la presente Decisión.

2 Queda suprimido el requisito relativo a la aprobación previa por parte de la Comisión de las funciones de gestión, pago y ejecución de la medida 101, «Inversiones en explotaciones agrícolas para su reestructuración y adaptación a las normas comunitarias», y de la medida 103, «Inversiones en la transformación y comercialización de productos agrícolas y pesqueros con el fin de reestructurar dichas actividades y adaptarlas a las normas comunitarias», ejercidas por la República de Croacia, que se menciona en el artículo 18 del Reglamento (CE) no 718/2007.

Article 2

La presente Decisión se aplicará sobre la base de las siguientes estructuras, organismos y autoridades designados por la República de Croacia para la gestión de las medidas 101 y 103 del Programa establecido al amparo del IAP-Componente V: a) el ordenador nacional de pagos; b) el fondo nacional; c) la estructura operativa del IAP – Componente V: la autoridad de gestión, la agencia IPARD.

Article 3

1 Los poderes de gestión se delegan en las estructuras, organismos y autoridades que se mencionan en el artículo 2 de la presente Decisión.

2 Las autoridades nacionales realizarán por su parte verificaciones con respecto a las estructuras, organismos y autoridades que figuran en el artículo 2 de la presente Decisión, con objeto de cerciorarse de que el sistema de gestión y control funciona satisfactoriamente. Las verificaciones se realizarán antes de presentar la primera declaración de gastos por la que se solicite el reembolso relativo a las medidas que se indican en el artículo 1, apartado 2.

Article 4

1 El gasto abonado con anterioridad a la fecha de la presente Decisión no será subvencionable en ningún caso, excepto si se trata de los costes generales que se mencionan en el artículo 172, apartado 3, letra c), del Reglamento (CE) no 718/2007.

2 El gasto será subvencionable si se ha realizado de conformidad con principios de gestión financiera rigurosa y, en particular, con arreglo a principios de economía y rentabilidad.

Article 5

Sin perjuicio de cualesquiera decisiones por las que se conceda ayuda con arreglo al Programa IPARD a beneficiarios individuales, serán de aplicación las normas de subvencionabilidad de gastos propuestas por Croacia en su escrito «Clase: NP 018-04/09-01/106, número de referencia: 525-12-3-0472/09-2», de 16 de marzo de 2009, con registro de entrada en la Comisión el 26 de marzo de 2009 con el número 8151.

Article 6

1 La Comisión supervisará el cumplimiento de los requisitos aplicables a la delegación de poderes de gestión que se establecen en el artículo 17 del Reglamento (CE) no 718/2007.

2 Si, en el transcurso de la aplicación de la presente Decisión, la Comisión estima que la República de Croacia ha dejado de cumplir sus obligaciones con arreglo a la misma, podrá decidir retirar o suspender en cualquier momento la delegación de poderes de gestión.

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