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Seqlense EUR-Lex

2010/210/: Decisión de la Comisión, de 6 de abril de 2010 , que modifica la Decisión 2009/296/CE de la Comisión por la que se establece un programa específico de control e inspección con miras a la recuperación de las poblaciones de atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo [notificada con el número C(2010) 2060]

CELEX
32010D0210
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2010-04-06
In force since
2010-04-09
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

«1 Los Estados miembros cuyos inspectores descubran una infracción en el transcurso de una inspección de las actividades enumeradas en el artículo 2 comunicarán a las Partes siguientes la fecha de la inspección y las características de la infracción: a) el Estado miembro del pabellón y la Comisión, y, en su caso, b) el Estado miembro en el que se halle la granja o la empresa de transformación o comercialización de productos a base de atún rojo.»;

«3 Los Estados miembros cuyos inspectores observen una actividad o situación que pueda constituir una infracción grave, tal como se define en el anexo VI, sección I.1, del Reglamento (CE) no 302/2009 del Consejo , lo notificarán inmediatamente a la Comisión que a su vez lo notificará directamente a las autoridades del pabellón del buque pesquero, así como a la Secretaría de la CICAA.

«5 Los Estados miembros colaborarán entre sí para que, cuando se transfiera un expediente de infracción al Estado miembro en el que esté registrado el buque en aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento (CE) no 1224/2009 del Consejo , se preserve sin excepción la fiabilidad y continuidad de las pruebas de la infracción referida por sus inspectores.

Article 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Relations

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