2011/400/UE: Decisión del Consejo, de 28 de junio de 2011 , que modifica el Acto del Consejo de 12 de marzo de 1999 por el que se aprueban las normas del fondo de pensiones de Europol
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Article 1
«2 El Consejo de administración del fondo estará formado por cuatro miembros.».
«3 De dichos cuatro miembros, dos serán designados por el Consejo de administración de Europol, uno por Europol, y uno por el Comité de personal de Europol. Cada miembro podrá estar asistido en las reuniones del Consejo de administración del fondo por un máximo de dos expertos; los gastos de expertos externos solo correrán a cargo del fondo si el Consejo de administración del fondo así lo decide.».
«6 El Consejo de administración del fondo y sus miembros representarán los intereses de todos los participantes y los intereses de Europol.».
«1 El Consejo de administración del fondo solo podrá tomar decisiones válidas en reuniones en que se encuentren presentes al menos un miembro designado por el Consejo de administración de Europol y los representantes de las otras partes.».
«4 El informe anual se remitirá al Consejo de administración de Europol y será controlado por el Tribunal de Cuentas Europeo, de conformidad con el artículo 43 y con el artículo 58, apartado 2, letra a), de la Decisión Europol.».
Article 12 bis Limitación de la responsabilidad
1 Los miembros del Consejo de administración del fondo quedan exentos de toda responsabilidad por las demandas relativas al cumplimiento de sus tareas tal como se mencionan en el artículo 5.
2 Europol indemnizará a los miembros del Consejo de administración del fondo por toda demanda por daños y perjuicios interpuesta por los participantes en el fondo y/o por otras partes interesadas relativa al cumplimiento de sus tareas tal como se mencionan en el artículo 5.
3 No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del presente artículo, los miembros del Consejo de administración del fondo serán responsables en caso de negligencia muy grave y de falta grave, incluyendo, pero no exclusivamente, fraude, corrupción, malversación de fondos y hurto.».
Article 12 ter Supervisión de los activos del fondo
1 Además del informe elaborado de conformidad con el artículo 10, el Consejo de administración del fondo presentará, con periodicidad trimestral, un informe financiero en el que se supervise el índice de cobertura del fondo. En caso de que el índice de cobertura esté por debajo del umbral mencionado en el artículo 132 de la ley de pensiones neerlandesa (Pensioenwet), el Consejo de administración del fondo realizará una evaluación del riesgo para valorar una situación potencial de insolvencia del fondo durante los cinco ejercicios presupuestarios siguientes. Los resultados se comunicarán al Consejo de administración de Europol y al Director de Europol indicando los motivos, las medidas preventivas propuestas, la evolución financiera esperada y el flujo de tesorería calculado necesario para cada ejercicio presupuestario para el que se necesiten contribuciones excepcionales de Europol.
2 No obstante la posibilidad de disolver el fondo de conformidad con el artículo 13, Europol cubrirá cualquier déficit en caso de que los activos del fondo de pensiones de Europol no basten para cubrir sus obligaciones de pago, salvo en el caso de las obligaciones cubiertas por los regímenes de reaseguro de Europol.».
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su adopción.
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