2011/760/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 23 de noviembre de 2011 , sobre la asignación a España y Francia de días de mar adicionales en las divisiones CIEM VIIIc y IXa, excluido el Golfo de Cádiz [notificada con el número C(2011) 8303]
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Article 1
Se amplía a 167 días al año el número máximo de días de mar durante los cuales un buque que enarbole pabellón de España puede ser autorizado para estar presente en las divisiones CIEM VIIIc y IXa, excluido el Golfo de Cádiz, llevando a bordo cualquier arte regulado, sin estar sometido a ninguna de las condiciones especiales recogidas en el punto 5.2 del anexo IIB del Reglamento (UE) no 57/2011, de conformidad con lo establecido en el cuadro I de dicho anexo.
Article 2
Se amplía a 165 al año el número máximo de días de mar durante los cuales un buque que enarbole pabellón de Francia puede ser autorizado para estar presente en las divisiones CIEM VIIIc y IXa, excluido el Golfo de Cádiz, llevando a bordo cualquier arte regulado, sin estar sometido a ninguna de las condiciones especiales recogidas el punto 5.2 del anexo IIB del Reglamento (UE) no 57/2011, de conformidad con lo establecido en el cuadro I de dicho anexo.
Article 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de España y la República Francesa.
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