Skip to content
Seqlense EUR-Lex

2012/45/UE, Euratom: Decisión del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 23 de enero de 2012 , relativa al nombramiento de los miembros del Comité de vigilancia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)

CELEX
32012D0045
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2012-01-23
In force since
2012-01-23
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Se nombra miembros del Comité de vigilancia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), a partir del 23 de enero de 2012 a las personas siguientes: Sr. Herbert BÖSCH, Sr. Johan DENOLF, Sra. Catherine PIGNON, Sra. Rita SCHEMBRI, Sr. Christiaan TIMMERMANS.

2 En caso de que alguna de las personas antes mencionadas dimita del Comité de vigilancia o fallezca o sea declarada incapaz permanentemente, será sustituida de inmediato por la primera persona cuyo nombre figura en la siguiente lista y que todavía no haya sido nombrada miembro del Comité de vigilancia: Sr. Jens MADSEN, Sra. Cristina NICOARĂ, Sr. Tuomas Henrik PÖYSTI, Sr. Dimitrios ZIMIANITIS.

Article 2

En el ejercicio de sus funciones, los miembros no solicitarán ni aceptarán instrucciones de ningún Gobierno ni de ninguna institución, órgano u organismo. Se abstendrán de tratar aquellos asuntos en los que, directa o indirectamente, tengan cualquier tipo de interés personal susceptible de menoscabar su independencia, y, en especial, intereses familiares y financieros. Respetarán el secreto absoluto de los expedientes que se les sometan y de sus deliberaciones.

Article 3

Se reembolsará a los miembros del Comité de vigilancia los gastos en que puedan incurrir en el ejercicio de sus funciones, y se les abonará una dieta por cada día dedicado a dicho ejercicio. El importe de dicha dieta y el procedimiento de reembolso serán determinados por la Comisión.

Article 4

La Comisión notificará la presente Decisión a las personas nombradas e informará inmediatamente a cualquier persona nombrada con posterioridad miembro del Comité de vigilancia de conformidad con el artículo 11, apartado 2. El presente nombramiento se realiza de conformidad con el artículo 11, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) no 1073/1999. No prejuzga ninguna modificación futura de las presentes disposiciones que pueda ser adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo, especialmente la modificación eventual de la duración del mandato, a efectos de la posible instauración de una renovación escalonada de los miembros del Comité.

Article 5

La presente Decisión entrará en vigor el 23 de enero de 2012.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions