2012/194/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 11 de abril de 2012 , por la que se modifica la Decisión 2008/961/CE, sobre el uso, por parte de los emisores de valores de terceros países, de las normas nacionales de contabilidad de determinados terceros países y de las normas internacionales de información financiera para elaborar sus estados financieros consolidados [notificada con el número C(2012) 2256] Texto pertinente a efectos del EEE
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
El artículo 1 de la Decisión 2008/961/CE queda modificado como sigue: 1) El párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «A partir del 1 de enero de 2012, en lo que respecta a los estados financieros anuales y semestrales consolidados, las siguientes normas se considerarán equivalentes a las NIIF adoptadas en virtud del Reglamento (CE) no 1606/2002: a) los principios contables generalmente aceptados de la República Popular China; b) los principios contables generalmente aceptados de Canadá; c) los principios contables generalmente aceptados de la República de Corea.». 2) Se añade el siguiente párrafo tercero: «En relación con los ejercicios que comiencen antes del 1 de enero de 2015, los emisores de terceros países estarán autorizados a elaborar sus estados financieros anuales y semestrales consolidados de conformidad con los principios contables generalmente aceptados de la República de la India.».
Article 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2012.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions