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Recomendación del Consejo, de 10 de julio de 2012 , relativa al Programa Nacional de Reforma de 2012 de los Países Bajos y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el programa de estabilidad de los Países Bajos para 2012-2015

CELEX
32012H0724(26)
Document type
RECO
Sector
Legislation
Date of document
2012-07-10
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Recomendación del Consejo de 10 de julio de 2012 relativa al Programa Nacional de Reforma de 2012 de los Países Bajos y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el programa de estabilidad de los Países Bajos para 2012-2015 2012/C 219/26 EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4, Visto el Reglamento (CE) n o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997 , relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas , y, en particular, su artículo 5, apartado 2, Vista la recomendación de la Comisión Europea, Vistas las conclusiones del Consejo Europeo, Visto el dictamen del Comité de Empleo, Previa consulta al Comité Económico y Financiero, Considerando lo siguiente:

(1) El 26 de marzo de 2010 , el Consejo Europeo aprobó la propuesta de la Comisión de iniciar una nueva estrategia para el empleo y el crecimiento —Estrategia Europa 2020—, que se basa en una mayor coordinación de las políticas económicas y se centra en los ámbitos fundamentales en que se requiere actuar para fomentar el potencial de crecimiento sostenible y competitividad de la economía europea. (2) El 13 de julio de 2010 , el Consejo aprobó una recomendación sobre directrices generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión (para el período 2010-2014) y, el 21 de octubre de 2010 , una decisión relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros , que juntas forman las « orientaciones integradas » .

Se ha invitado a los Estados miembros a tener en cuenta las orientaciones integradas en sus políticas económicas y de empleo. (3) El 12 de julio de 2011 , el Consejo aprobó una recomendación relativa al Programa Nacional de Reforma de los Países Bajos para 2011 y emitió su dictamen sobre el Programa de Estabilidad actualizado de los Países Bajos para 2011-2014. (4) El 23 de noviembre de 2011 , la Comisión adoptó el segundo Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, iniciando así el segundo Semestre Europeo de coordinación integrada ex ante de las políticas económicas, en el marco de la Estrategia Europa 2020.

El 14 de febrero de 2012 , la Comisión adoptó, sobre la base del Reglamento (UE) n o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011 , relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos , el informe sobre el mecanismo de alerta, en el que no se señalaba a los Países Bajos como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. (5) El 1 de diciembre de 2011 , el Consejo adoptó unas conclusiones en las que instaba al Comité de Protección Social, en cooperación con el Comité de Empleo y otros Comités, a que presentase sus puntos de vista sobre las medidas recomendadas en el ciclo estratégico Europa 2020.

Dichos puntos de vista forman parte del dictamen del Comité de Empleo. (6) El Parlamento Europeo ha sido debidamente asociado al Semestre Europeo, de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1466/97, y, el 15 de febrero de 2012 , adoptó sendas resoluciones sobre empleo y aspectos sociales en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012 y sobre la contribución al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012. (7) El 2 de marzo de 2012 , el Consejo Europeo aprobó las prioridades para garantizar la estabilidad financiera y el saneamiento presupuestario junto con medidas dirigidas a fomentar el crecimiento.

El Consejo Europeo hizo hincapié en la necesidad de proseguir un saneamiento presupuestario diferenciado y favorable al crecimiento, restablecer la normalidad en la concesión de crédito, promover el crecimiento y la competitividad, combatir el desempleo y las consecuencias sociales de la crisis, y modernizar la administración pública. (8) El 2 de marzo de 2012 , el Consejo Europeo invitó asimismo a los Estados miembros participantes en el Pacto por el Euro Plus a presentar sus compromisos con la debida antelación para su inclusión en sus programas de estabilidad o de convergencia y en sus programas nacionales de reforma.

(9) El 27 de abril de 2012 , los Países Bajos presentaron su Programa de Estabilidad para el período 2012-2015 y su Programa Nacional de Reforma de 2012. Con objeto de tener en cuenta sus interrelaciones, ambos programas se han evaluado al mismo tiempo. (10) Partiendo de la evaluación del Programa de Estabilidad realizada de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1466/97, el Consejo considera que el escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias del Programa de Estabilidad es optimista. Para 2013, el Programa de Estabilidad prevé un crecimiento económico del 1,25 %, sin tener en cuenta el impacto negativo de las medidas adicionales de saneamiento sobre el crecimiento, mientras que, sobre la base del mismo escenario de mantenimiento de las políticas, la Comisión ha previsto una tasa de crecimiento más baja, de un 0,7 %.

El objetivo declarado del Programa de Estabilidad es responder a las recomendaciones del Consejo sobre la corrección del déficit excesivo y esforzarse por seguir mejorando la situación presupuestaria para lograr el objetivo presupuestario a medio plazo orientándose hacia un esfuerzo estructural de al menos el 0,5 % por año. El Programa de Estabilidad tiene como objetivo lograr un déficit general de las administraciones públicas del 3 % del PIB en 2013 y confirma el anterior objetivo a medio plazo de lograr un déficit estructural del 0,5 % del PIB, que refleja adecuadamente lo exigido por el Pacto de estabilidad y crecimiento.

El esfuerzo presupuestario anual medio del 0,75 % del PIB a lo largo del período 2010-2013, sobre la base del saldo presupuestario estructural (recalculado) , está en consonancia con el esfuerzo estructural del 0,75 % del PIB recomendado por el Consejo. Dado que el Programa de Estabilidad no prevé objetivos presupuestarios más allá de 2013, no puede evaluarse la sostenibilidad de la corrección presupuestaria en 2013 y los avances hacia el objetivo a medio plazo en los últimos años, incluido el cumplimiento del valor de referencia de los gastos del Pacto de estabilidad y crecimiento. Las previsiones presupuestarias a lo largo del período del programa están sujetas a riesgos de aplicación.

No se limitan exclusivamente a las medidas de saneamiento recientemente anunciadas, también incluyen la aplicación de algunas de las medidas acordadas con anterioridad por el Gobierno saliente. Las medidas adicionales propuestas por el Gobierno en abril de 2012 para 2013, así como su impacto presupuestario, han sido especificadas y cuantificadas ulteriormente, el 25 de mayo, después de la fecha límite para la evaluación. El ajuste presupuestario se ha basado hasta ahora principalmente en los recortes de gastos, lo cual afecta también a los gastos que propician el crecimiento. Con arreglo al Programa de Estabilidad de 2012, se espera que el ratio deuda/PIB siga creciendo de forma relativamente marcada en 2012, hasta el 70,2 % del PIB, y que aumente ligeramente hasta el 70,7 % del PIB en 2013, teniendo en cuenta el impacto de las medidas de saneamiento adicionales.

Así, la previsión es que el ratio de deuda se mantendría muy por encima del valor de referencia del Tratado del 60 %. Para 2014 y 2015, el Programa de Estabilidad no especifica los objetivos de deuda y, por lo tanto, no puede darse una evaluación de la conformidad con el valor de referencia de la reducción de la deuda del Pacto de estabilidad y crecimiento más allá de 2013. (11) El Gobierno ha presentado planes para aumentar gradualmente la edad legal de jubilación, con el fin de llegar a más tardar a los 66 en 2019 y a los 67 en 2024. A partir de ese momento, la edad legal de jubilación irá vinculada a la esperanza de vida.

Las medidas del mercado de trabajo apoyarían el aumento correspondiente de la edad de jubilación efectiva. En consonancia con el acuerdo del Gobierno, la reforma de las pensiones tiene por objetivo garantizar un reparto de los costes y riesgos adecuado y sostenible, intrageneracional e intergeneracional, en el segundo pilar. En lo relativo a la asistencia de larga duración, el Gobierno ha proporcionado un programa de reforma. Serán necesarias más medidas concretas para contribuir a reducir la carga financiera impuesta por el envejecimiento de la sociedad en los Países Bajos. (12) La desincentivación fiscal para los segundos perceptores de renta se ha visto reducida, pero aún no suficientemente.

La eliminación de los desincentivos que subsisten contribuiría a aumentar la oferta de mano de obra y hacer más eficiente la asignación del capital humano. Debe mejorarse la integración en el mercado de trabajo de los grupos vulnerables. (13) En el ámbito de la política de empresas, se han aprobado las agendas de los sectores más importantes y se han firmado « contratos de innovación » sectoriales entre el Gobierno y los representantes de la industria. El apoyo a la investigación privada ha aumentado con la introducción del régimen de desgravación fiscal a la investigación y el desarrollo (RDA+) como parte de los incentivos para fomentar la innovación, la I+D privada y aumentar los vínculos entre la ciencia y las empresas.

Sin embargo, el énfasis que se pone en los « sectores más importantes » no debería darse a costa de la investigación fundamental ni excluir a las empresas innovadoras que no pertenecen a uno de los « sectores más importantes » . (14) A lo largo de las cuatro últimas décadas, se han generado distorsiones estructurales en el mercado de la vivienda neerlandés. En el mercado inmobiliario, las restricciones fundamentales de la oferta y los incentivos fiscales a los propietarios de viviendas (en particular, la deducibilidad de los intereses hipotecarios que favorece a los hogares con rentas más elevadas) han dado lugar a una distribución de capital ineficaz.

En el mercado del alquiler, con un segmento de gran tamaño de vivienda social, las políticas sociales y las limitaciones en los precios de los alquileres y en sus subidas ha llevado a una oferta de viviendas de alquiler muy poco elástica. La modificación del favorable tratamiento fiscal a la propiedad de viviendas contribuiría a reducir las distorsiones estructurales en el mercado inmobiliario neerlandés. (15) Los Países Bajos han adquirido una serie de compromisos en el marco del Pacto por el Euro Plus. Estos compromisos, y la ejecución de los compromisos presentados en 2011, se refieren al fomento del empleo, la mejora de la competitividad, el refuerzo de la estabilidad financiera y la mejora de la sostenibilidad de las finanzas públicas.

La Comisión ha evaluado la aplicación de los compromisos del Pacto por el Euro Plus. Los resultados de esta evaluación se han tenido en cuenta en las recomendaciones. (16) En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica neerlandesa y ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reforma. La Comisión ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política presupuestaria y la política socioeconómica de los Países Bajos, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica global de la Unión incluyendo aportaciones a nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales.

Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. (17) A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. RECOMIENDA que los Países Bajos tomen medidas en el período 2012-2013 a fin de: 1. Garantizar la corrección oportuna y duradera del déficit excesivo. A tal fin, aplicar plenamente la estrategia presupuestaria para 2012 según lo previsto. Especificar las medidas necesarias para garantizar la aplicación del presupuesto de 2013, con el fin de garantizar el esfuerzo de ajuste estructural especificado en las recomendaciones del Consejo en el marco del procedimiento de déficit excesivo.

A continuación, garantizar un esfuerzo de ajuste estructural adecuado para hacer avances suficientes hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, entre ellos alcanzar el valor de referencia de los gastos y asegurarse de que se hacen avances suficientes hacia el cumplimiento del valor de referencia de reducción de la deuda a la vez que se protegen los gastos en ámbitos directamente pertinentes para el crecimiento, como la investigación y la innovación, la educación y la formación. Con este fin, tras la formación de un nuevo Gobierno, presentar una actualización del Programa de Estabilidad de 2012 con objetivos y medidas justificados para el período posterior a 2013.

2. Tomar medidas para aumentar la edad legal de jubilación, como su vinculación a la esperanza de vida, y respaldarlas con medidas en el mercado de trabajo para apoyar el aumento de la edad de jubilación efectiva, a la vez que se mejora la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. Ajustar el segundo pilar del régimen de pensiones, a fin de reflejar el aumento de la edad legal de jubilación, garantizando al mismo tiempo una adecuada distribución intrageneracional e intergeneracional de costes y riesgos. Aplicar la reforma prevista de la asistencia de larga duración y complementarla con otras medidas para contener el aumento de gastos, a la vista del envejecimiento de la población.

3. Aumentar la participación en el mercado de trabajo, especialmente de las personas de más edad, las mujeres, las personas con discapacidad y los inmigrantes, entre otras cosas mediante una mayor reducción de los desincentivos fiscales para los segundos perceptores de renta, fomentando las transiciones en el mercado de trabajo y abordando las rigideces. 4. Promover la innovación y la inversión privada en I+D y aumentar los vínculos entre la ciencia y las empresas, así como fomentar la renovación industrial ofreciendo incentivos adecuados en el contexto de la política de empresas, a la vez que se salvaguarda la accesibilidad más allá de la estricta definición de sectores más importantes y preservando la investigación fundamental.

5. Adoptar medidas para reformar gradualmente el mercado de la vivienda, entre otras cosas: i) modificando el favorable tratamiento fiscal a los propietarios de viviendas, incluso mediante la eliminación progresiva de la deducibilidad de los intereses hipotecarios y/o a través del sistema de rentas imputadas, ii) introduciendo en el mercado del alquiler un mecanismo de precios más orientado al mercado, y iii) para la vivienda social, ajustando las rentas a los ingresos de las familias. Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2012 . Por el Consejo El Presidente V. Shiarly

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