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2013/759/UE: Decisión del Consejo, de 12 de diciembre de 2013 , relativa a las medidas transitorias de gestión del FED desde el 1 de enero de 2014 hasta la entrada en vigor del 11 °Fondo Europeo de Desarrollo

CELEX
32013D0759
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2013-12-12
In force since
2014-01-01
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

A la espera de la entrada en vigor del Acuerdo interno del 11o FED, las medidas transitorias en forma de programas de acción, las medidas individuales y las medidas especiales para los socios ACP, las decisiones de financiación en apoyo a los PTU y los programas de acción específicos para sufragar los gastos de apoyo deberán financiarse mediante un crédito-puente integrado por los saldos no comprometidos de los FED anteriores y por los fondos liberados de proyectos o programas al amparo de esos FED. Dicho crédito-puente también podrá cubrir las subvenciones para financiar las bonificaciones de intereses y la asistencia técnica relacionada con proyectos asignadas al Banco Europeo de Inversiones conforme a lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 4 del anexo II del Acuerdo de Asociación ACP-CE y en la Decisión de Asociación ultramar. Dichas medidas de financiación transitorias tendrán por objeto facilitar la ejecución de los documentos de programación y responder a las necesidades de ayuda de emergencia. Los fondos comprometidos al amparo de dicho crédito-puente se contabilizarán con cargo al 11o FED. Las respectivas contribuciones de los Estados miembros fijadas en el artículo 1, apartado 2, letra a), de los Acuerdos internos de los 8o, 9o y 10o FED se reducirán en consecuencia tras la entrada en vigor del Acuerdo interno del 11o FED.

Article 2

Se aplicarán a la ejecución del crédito-puente el Reglamento (CE) no 617/2007 y el Reglamento (CE) no 215/2008 del Consejo .

Article 3

La aplicación de la presente Decisión se atendrá a lo dispuesto en la Decisión 2010/427/UE.

Article 4

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable desde el 1 de enero de 2014 hasta la entrada en vigor del Acuerdo interno del 11o FED.

Relations

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