2014/203/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 19 de marzo de 2014 , relativa a la aprobación del programa de trabajo plurianual LIFE para 2014-2017 Texto pertinente a efectos del EEE
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Article 1 Programa de trabajo plurianual
Queda aprobado el programa de trabajo plurianual LIFE para el período 2014-2017, tal y como figura en el anexo.
Article 2 Contribución de la Unión al programa de trabajo plurianual
La contribución máxima al programa de trabajo plurianual LIFE para 2014-2017 está fijada en 1796242000 EUR y deberá utilizarse para financiar los subprogramas y las áreas prioritarias pertinentes del siguiente modo: 1) un total de 1347074499 EUR para el subprograma de Medio Ambiente, que se dividirá como sigue: a) 495845763 EUR para el área prioritaria de Medio Ambiente y Eficiencia en el Uso de los Recursos; b) 610068900 EUR para el área prioritaria de Naturaleza y Biodiversidad; c) 162999836 EUR para el área prioritaria de Gobernanza e Información Medioambientales; d) 78160000 EUR para gastos de asistencia relacionados; 2) un total de 449167501 EUR para el subprograma de Acción por el Clima, que se dividirá como sigue: a) 193559591 EUR para el área prioritaria de Mitigación del Cambio Climático; b) 190389591 EUR para el área prioritaria de Adaptación al Cambio Climático; c) 47588319 EUR para el área prioritaria de Gobernanza e Información Climáticas; d) 17630000 EUR para gastos de asistencia relacionados.
Article 3 Instrumentos financieros
1 Los siguientes instrumentos financieros, tal y como se describen en el anexo, recibirán contribuciones de conformidad con el artículo 17, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1293/2013: a) el Instrumento de financiación privada para la eficiencia energética; b) el Mecanismo de financiación del capital natural.
2 La aplicación de la contribución al Instrumento de financiación privada para la eficiencia energética y el Mecanismo de financiación del capital natural se delegarán en el Banco Europeo de Inversiones.
Article 4 Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el primer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 19 de marzo de 2014.
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