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Seqlense EUR-Lex

2014/206/UE: Decisión de la Comisión, de 6 de noviembre de 2013 , relativa a las medidas adoptadas por Alemania a favor de HoKaWe Eberswalde GmbH SA.34721 (2012/C) (ex 2012/NN) [notificada con el número C(2013) 7058] Texto pertinente a efectos del EEE

CELEX
32014D0206
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2013-11-06
In force since
2014-04-12
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

La ayuda estatal por un importe de 2406415 EUR, que Alemania concedió ilegalmente a HoKaWe Eberswalde GmbH, infringiendo el artículo 108, apartado 3, del TFUE, es incompatible con el mercado interior.

Article 2

1 Alemania recuperará del beneficiario la ayuda citada en el artículo 1.

2 La suma que debe recuperarse devengará intereses desde el momento en que la ayuda se puso a disposición del beneficiario hasta la fecha de su recuperación efectiva.

3 Los intereses se calcularán sobre una base compuesta de conformidad con el capítulo V del Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión y el Reglamento (CE) no 271/2008 de la Comisión que modifica el Reglamento (CE) no 794/2004.

Article 3

1 La recuperación de la ayuda mencionada en el artículo 1 será inmediata y efectiva.

2 Alemania garantizará que la presente Decisión se aplique en el plazo de cuatro meses a partir de la fecha de su notificación.

Article 4

1 En el plazo de dos meses a partir de la notificación de la presente Decisión, Alemania deberá presentar a la Comisión la siguiente información: a) el importe total (principal e intereses) que debe recuperarse del beneficiario; b) una descripción detallada de las medidas ya adoptadas y previstas para el cumplimiento de la presente Decisión; c) documentos que demuestren que se ha ordenado al beneficiario que devuelva la ayuda.

2 Alemania mantendrá informada a la Comisión del avance de las medidas que adopte en aplicación de la presente Decisión hasta que se haya completado la recuperación de la ayuda mencionada en el artículo 1. A petición de la Comisión, presentará inmediatamente información sobre las medidas ya adoptadas o previstas para el cumplimiento de la presente Decisión. También presentará datos detallados sobre los importes de la ayuda y los intereses ya reembolsados por el beneficiario.

Article 5

El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania.

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